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En el día de hoy, jueves siete (07) de Agosto del año dos mil ocho (2.008), siendo las 9:00 a.m., conforme a lo acordado en el auto anterior, se trasladó y constituyó el JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, en la sede donde funciona La Alcaldía del Municipio Biruaca del Estado Apure, ubicada en la Calle Carlos Agrinzones de la población de Biruaca, Estado Apure, con la finalidad de dar cumplimiento a la Comisión conferida por el Juzgado Superior Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en el juicio de RECURSO DE NULIDAD CONJUNTAMENTE CON AMPARO, seguido por la ciudadana LILIANA JOSEFINA RUIZ FUENTES, contra el MUNICIPIO AUTÓNOMO BIRUACA DEL ESTADO APURE, y practicar la EJECUCIÓN FORZOSA, de la sentencia dictada en fecha doce (12) de Julio del año dos mil siete (2.007) emanada por el Tribunal Comitente, tal como consta en copia fotostática certificada de la sentencia que se acompaña al Despacho de Comisión. Se NOTIFICA de la misión del Tribunal, previa lectura del Despacho de Comisión al ciudadano Lic. JOSÉ GREGORIO PÉREZ MENDOZA quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.641.343, Licenciado en Contaduría Pública, quien manifestó al Tribunal ocupar el cargo de Director de Hacienda Municipal de la Institución en la cual se encuentra constituido éste Juzgado. Compareció a prestar apoyo un funcionario de la Policía del Estado Apure. Presente en éste acto la ciudadana LILIANA JOSEFINA RUÍZ FUENTES, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.237.004, en su carácter de parte demandante, debidamente asistida en este acto por el Abogado en ejercicio legal MARCOS ELÍAS GOITIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.756.223, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 75.239, quien solicitó el derecho de palabra y concedidole como le fue expuso: “Solicito al Tribunal en este acto practique la Ejecución ordenada por el Tribunal comitente de la sentencia de fecha doce (12) de Julio del año dos mil siete (2.007) y en consecuencia proceda a practicar la EJECUCIÓN FORZOSA, por el monto de: TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS BOLÍVARES FUERTES CON VEINTE CENTIMOS (Bs. F. 32.232,20), según consta en el Despacho de Comisión librado por el Juzgado Superior Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, es todo”. Seguidamente el Tribunal solicita al Notificado que informe si existe disponibilidad para efectuar la cancelación de la cantidad de dinero señalada por la actora precedentemente, a lo cual señaló a este Juzgado que efectivamente si existe la cantidad antes mencionada, indicando que van a hacer efectivo el pago en este mismo acto. En este estado solicita el derecho de palabra la ciudadana LILIANA JOSEFINA RUÍZ FUENTES, debidamente asistida en este acto por el Abogado MARCOS ELÍAS GOITIA en su carácter de autos y concedidole como le fue expuso: “En virtud de que la parte demandada va a hacer la consignación en este acto, pido que luego del pago respectivo, se de por concluida la misión del Tribunal y solicito sean devueltas las resultas, solicitando al Tribunal ordene la elaboración del cheque por el monto antes citado a nombre de la ciudadana LILIANA JOSEFINA RUÍZ FUENTES, parte demandante de autos, es todo”. Vistas las exposiciones anteriores, el Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara la Desposeción Jurídica de la cantidad de: TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS BOLÍVARES FUERTES CON VEINTE CENTIMOS (Bs. F. 32.232,20), procediéndose a la EJECUCIÓN FORZOSA de la Sentencia dictada por el Tribunal de la causa en fecha doce (12) de Julio del año dos mil siete (2.007) y ordena al Notificado emitir cheque, por el monto arriba indicado a favor de la actora ciudadana LILIANA JOSEFINA RUÍZ FUENTES. Acto seguido el Notificado procede a entregar en este mismo acto Cheque Nº 14414054 emanado del Municipio Autónomo Biruaca del Estado Apure, por la cantidad de: TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS BOLÍVARES FUERTES CON VEINTE CENTIMOS (Bs. F. 32.232,20), librado contra la cuenta corriente Nº 0134 0423 23 4231041120, de la Alcaldía del Municipio Biruaca, a favor de la actora ciudadana LILIANA JOSEFINA RUÍZ FUENTES, de la entidad Bancaria Banesco. No siendo otra la misión del Tribunal, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural siendo las 11:30 a.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.- La Jueza Temporal. Dra. AURI TORRES LÁREZ. La Parte Actora. LILIANA JOSEFINA RUÍZ FUENTES. El Abogado Asistente de la Parte Actora. Dr. MARCOS ELÍAS GOITIA. El Notificado. Lic. JOSÉ GREGORIO PÉREZ MENDOZA. El Funcionario Policial. Sgto. II. SANDRO PADILLA. El Alguacil Temporal. FRANCISCO OROZCO. El Secretario Temporal. Abg. PABLO E. MADRID ORTIZ.
Comisión N° 8-2108.
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