REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
Por recibido escrito de solicitud interpuesto por la abogado en ejercicio BIANCA EMILIS PÁEZ, INPRE: 128.709, mediante la cual solicita Copias del Acta del juicio Oral y de la respectiva Sentencia de la causa Nº 1E-779-07, seguida al penado ELIS MARIA HIDALGO PÉREZ, a los fines del pronunciamiento de ley observa:
PRIMERO: Refiere quien pide, que la razón de su solicitud son las Copias del Acta del juicio Oral y de la respectiva Sentencia de la causa Nº 1E-779-07.
SEGUNDO: Que respecto de lo plasmado en el particular anterior este tribunal advierte, luego de revisado exhaustivamente el Libro de Entrada de Causas, Libro Índice e Inventarios de Causas llevados por el mismo, que en este despacho no cursa causa alguna llevada al ciudadano: ELIS MARIA HIDALGO PÉREZ, ya identificado, que aparezca signada 1E-779-07.
TERCERO: En el mismo orden de ideas, es de referir que quien aquí dictamina indagó en los libros ya identificados verificando que efectivamente el ciudadano ELIS MARIA HIDALGO PÉREZ no se encuentra a la orden de este tribunal y menos aun cursa en el mismo causa seguida a él señalada con otra nomenclatura.
CUARTO: Que ante la inexistencia en este tribunal del legajo contentivo de la causa seguida al ciudadano ELIS MARIA HIDALGO PÉREZ, aparece evidente la imposibilidad de emitir dictamen contentivo de pronunciamiento respecto a la emisión de Copias del Acta del juicio Oral y de la respectiva Sentencia de la causa Nº 1E-779-07.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal de Estado Apure administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
UNICO: SIN LUGAR la solicitud de emisión de Copias del Acta del juicio Oral y de la respectiva Sentencia de la causa Nº 1E-779-07, interpuesta por la Abogado BIANCA EMILIS PÁEZ.
Notifíquese. Cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCION:
DR. DAVID OSWALDO BOCANEY