REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO,
ONCE (11) DE ENERO DEL AÑO DOS MIL OCHO (2.008).-

197° y 148°


Vista la anterior solicitud de Autorización Judicial para Cobro de Beneficios Sociales, formulada por la ciudadana ZULLY LEONIRDE TOVAR RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.322.146, debidamente asistida por el Abg. JESUS MARIA HERNANDEZ, Defensor Público Segundo para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente, actuando en representación de su hija adolescente (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), de quince (15) años de edad, exponiendo: “Es fecha 24-07-2007, falleció Ab-Intestato en esta ciudad de San Fernando de Apure, el decujus JOHAN DEL VALLE ESCALONA, quien era natural y residenciaba en esta ciudad de San Fernando, quien era mayor de edad, soltero, Titular de la Cédula de identidad Nº 11.755.516. Por tal razón acudo ante su competente autoridad, para solicitar como en efecto lo hago, AUTORIZACIÓN JUDICIAL, a los fines de tramitar, reclamar y cobrar los Beneficios Sociales a favor de mi menor hija ya identificada, dejados por el decujus, JOHAN DEL VALLE ESCALONA, ya identificado, así como Reclamar todos los derechos y acciones que puedan corresponder les como CO-HEREDERA del decujus JOHAN DEL VALLE ESCALONA, por cuanto la DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, cursa actualmente por ante ese tribunal.
Finalmente Juro la URGENCIA del caso, pido que la presente solicitud sea admitida y sustanciada conforme a derecho y DECLARADA CON LUGAR EN LA DEFINITIVA.”.- Revisados y analizados como han sido los documentos acompañados, el Tribunal concluye que es beneficiosa al interés de la adolescente (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) la Autorización que se pretende.- Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE a la ciudadana ZULLY LEONIRDE TOVAR RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.322.146, para que en su condición de madre y representante legal de la adolescente (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), GESTIONE por ante todos los organismos competentes, el cobro de todos los Beneficios Sociales que puedan corresponder a la referida beneficiaria por motivo del fallecimiento de su padre JOHAN DEL VALLE ESCALONA, quién fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.755.516.- Igualmente queda AUTORIZADA la mencionada ciudadana para retirar los cheques a nombre de este Tribunal en dichos organismos.- Advirtiéndosele que los beneficios deben ser cancelados en cheque de GERENCIA a nombre de este Tribunal y consignarlo para su debida administración por ser bienes de niños.- Y así se Decide.- Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 267 del Código Civil Vigente.- Expídase por Secretaría copia certificada de la presente Decisión y entréguese a la interesada.- Devuélvanse los documentos originales previa certificación de los mismos en autos.- Cúmplase.-
La Juez Unipersonal Nº 1.,

Dra. MARGARITA CASTILLO
El Secretario.,

Abg. ERNESTO LUIS BOCANEY
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-
El Secretario.,

Abg. ERNESTO LUIS BOCANEY



MC/homer.-
Exp. N° 885.-