REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN L.O.P.N.A




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DE ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO DE APURE, (22) DE ENERO DEL AÑO DOS MIL OCHO (2008).-

197° Y 148°
Visto el pedimento y definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha 27-09-2.007, se ordena su ejecución.- En consecuencia el Tribunal acuerda expedir copias certificadas de la sentencia a las partes de conformidad con lo establecido en los articulo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y junto con oficios remítase a las Autoridades Civiles competentes, a favor de los ciudadanos PEDRO ALEJANDRO ARANGUREN CASTILLO y VICTORIA DE JESUS MARIN. E igualmente se acuerda oficiar al Juez Rector de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, a los fines que informe a que funcionarios judiciales le fueron entregados los Libros de Registro Civil de Matrimonio, llevados por el Extinto Juzgado del Municipio Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico. Dicha solicitud obedece a la necesidad de ejecutar las sentencias de divorcio, en los casos de matrimonios contraídos por ante el Juzgado mencionado. Cúmplase.-

El Juez Unipersonal.,

Dra. MARGARITA CASTILLO.-
El Secretario.,

Abg. ERNESTO BOCANEY.-
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado en autos.-



El Secretario.,

Abg. ERNESTO BOCANEY.-

Exp. 14.971.-
MC/carmen.-