REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 03 de Enero de 2.008
197º y 148º
AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN DE IMPUTADO.
CAUSA N° 2C- 10.218-08
JUEZ : ABG. ANIBAL LUNA
PROCEDENCIA: FISCALIA 5° DEL MINISTERIO PÚBLICO.
DEFENSOR: ABG. FREDDY GONZALEZ BOLIVAR
VÍCTIMA :
SECRETARIO: AB. YSAURI ROJAS
IMPUTADO (S) JEAN CARLOS NUÑEZ PÀEZ, venezolano, Titular de la Cedula de Identidad Nª 16.432.456, de 28 años de edad, nacido el 18-05-79, de oficio comerciante, residenciado en Caracas, en el Sector Jose Félix Rivas, zona 3, casa Nª 26, o en el Barrio Lindo, casa Nª 17, transversal Nª 7, Mantecal, Estado Apure, frente al Liceo, hijo de Rosa Páez y Víctor Núñez.
DELITO PERTURBACION A LA TRANQUILIDAD Y LA PAZ, ALTERACION DEL ORDEN PÙBLICO Y CONCERNIENTE A LA MORALIDAD PUBLICA

En el día de hoy, tres (03) de Enero de 2.008, siendo las 10:10 horas de la mañana, se constituyó este Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Control N 2° del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, a los fines de celebrar la Audiencia de presentación del Imputado: JEAN CARLOS NUÑEZ PAEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° 16.432.456, por la presunta comisión de uno de los delitos Contra el orden Público; en consecuencia de conformidad con lo previsto en el artículo 137 del Código Orgánico Procesal Penal, le informa al imputado que tiene derecho a nombrar un abogado de su confianza como su defensor y sino lo hace el Juez le designará un defensor publico de guardia; el imputado manifiesta que tiene defensor y encontrándose presente el Defensor Privado ABG. FREDDY GONZALEZ BOLIVAR, se le tomo el debido juramento de ley, jurando cumplir éste bien y fielmente con los deberes inherentes al cargo para el cual ha sido designado. Se declara abierta la audiencia, y el Fiscal expone: