REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 31 de ENERO de 2008.-

AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN DE IMPUTADOS

CAUSA N° 2C-10.357-08
JUEZ: ABOG. NATALY PIEDRAITA IUSWA
FISCAL: DRA. JOSELIN RATTIA. FISCAL AUXILIAR NOVENA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
SECRETARIA: ABOG. MARIA GABRIELA FERRER
DELITO: ROBO GENERICO
VICTIMAS: JOSE VENTURA GOMEZ y GONZALEZ VIANNE YSIDRO
DEFENSA PRIVADA: DR. MARCOS CASTILLO
IMPUTADOS: RICHARD YANES SILVA VILLANUEVA.


En el día de hoy, TREINTA Y UNO (31) de ENERO de 2.008, siendo las 3:00 horas de la tarde, se constituyó este Tribunal Segundo en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, a los fines de celebrar la Audiencia de presentación del Imputado: RICHARD YANES SILVA VILLANUEVA, Titular de la Cedula de Identidad Numero V- 12.582.012, por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD; en consecuencia de conformidad con lo previsto en el artículo 137 del Código Orgánico Procesal Penal, se le informa al imputado que tiene derecho a nombrar un abogado de su confianza como su defensor y sino lo hace el Juez le designará un defensor publico de guardia; verificándose que consta en actas la correspondiente designación y juramentación del abogado MARCOS CASTILLO. Se declara abierta la audiencia, y el Representante Fiscal, DRA. JOSELIN RATTIA COLINA, expone: “Esta representación fiscal solicita respetuosamente a este Tribunal se deje sin efecto el acto de reconocimiento en rueda de individuos solicitado en un principio, por cuanto se evidencia en las actas que conforman la causa que la victima reconoció al imputado de autos, lo cual es un indicativo de que el acto esta viciado, así mismo, considera prudente la representación fiscal, a los fines de esclarecer los hechos, y por cuanto las actas de investigación penal se muestran un poco confusas, que se invierta el orden de participación y se escuche a l imputado y a la victima en primer lugar para luego hacer las respectivas solicitudes. Es todo.”