REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DE TRÁNSITO Y DE TRABAJO






__________________________________________________________________

San Fernando de Apure, 19 de Febrero del año 2.007
196° y 147°

Por recibida, désele entrada, fórmese expediente y sígasele el curso de Ley. Vista la demanda anterior con sus recaudos anexos, suscrita por la ciudadana GRECIA GRISET GARCÍA RANGEL, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad Nº V- 11.757.665 y de este domicilio, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio legal LUIS ARTURO HIDALGO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 87.353, actuando en su propio nombre, solicito la RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO, en este Tribunal la cual corre inserta en los Libros de Nacimientos llevados por el Registro Civil de la Parroquia San Fernando del Estado Apure bajo el Nº 2.489, de fecha diez y ocho (18) de Diciembre del año mil novecientos setenta y tres (1.973), el error denunciado es que se le colocó erróneamente el segundo nombre de la ciudadana como GRYSET, siendo lo correcto GRISET, para los efectos probatorios la solicitante consignó documentación donde se evidencia lo antes señalado. Probado como ha sido lo alegado que no amerita la tramitación de un juicio de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 773 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, ordena en forma SUMARIA al Registro Civil de Nacimientos de la Parroquia San Fernando del Estado Apure que se sirvan estampar la nota marginal correspondiente al Acta de Nacimiento del año mil novecientos setenta y tres (1.973), inserta en el libro de Registro Civil de Nacimientos, bajo el N° 2.489, llevados por el Registro Civil de Nacimientos de la Parroquia San Fernando del Estado Apure, en el sentido de que en el Acta de Nacimiento antes señalada se corrija el error cometido y ya mencionado. Una vez firme la presente decisión y previa ejecución, remítanse copia certificada de la presente decisión a las autoridades correspondientes con oficios.-

La Jueza Titular.

Dra. ANAID HERNÁNDEZ ZAVALA.
La Secretaria.

ABG. AURI TORRES LÁREZ.

ACHZ/at
Exp Nº 15.289.