LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:



JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE.-

Mediante libelo de demanda introducido por ante este Tribunal por el abogado OSCAR ESPINOZA inscrito en el Inpreabogado bajo el número N° 27.652 y de este domicilio en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana SHARON LUCIA PILIGRA ROOKS venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.256.129, y de este domicilio, actuando en su propio nombre en la cual solicitó la RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO. Admitida la demanda por ante este Tribunal en fecha veinticinco (25) de Octubre de dos mil cinco (2005), este Tribunal libró boleta de notificación al Fiscal Sexto del Ministerio Publico y libró Edicto dándole el termino de ley.-

Cumpliendo a cabalidad con todos los requisitos y trámites procesales que contempla la ley para este tipo de proceso y encontrándose la causa para dictar sentencia, este Tribunal Observa.
PRIMERO:

Analizadas las pruebas documentales traídas a los autos se evidencia el error cometido en el acta de nacimiento N° 2132 llevada por ante la Prefectura del Municipio San Fernando del Estado Apure, en el año 1978, en cuanto al lugar de nacimiento del padre de la ciudadana SHARON LUCIA PILIGRA ROOKS, el error denunciado es que se le coloco erróneamente el lugar de nacimiento del padre de la ciudadana SHARON LUCIA PILIGRA ROOKS asentando que nació en Pachano(Italia) siendo lo correcto Rosolini, Provincia De Siracusa, Sicilia-Italia .

SEGUNDO:

Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente acción y en consecuencia, se ordena la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana SHARON LUCIA PILIGRA ROOKS en los libros de registro de Nacimientos llevados por la Prefectura del Municipio San Fernando del Estado Apure, remítase copia certificada de la presente decisión al Registro Civil del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y al Registro Principal del Estado Apure, a los fines de que RECTIFIQUE el ACTA DE NACIMIENTO correspondiente N° 2132 del año 1978 en los libros de registro de nacimientos llevados por la Prefectura del Municipio San Fernando del Estado Apure, por cuanto se colocó erróneamente el lugar de nacimiento del padre de la ciudadana SHARON LUCIA PILIGRA ROOKS asentando que nació en Pachano(Italia), siendo lo correcto Rosolini, Provincia De Siracusa, Sicilia-Italia.

Publíquese regístrese y déjese copia.
Dada firmada y sellada, en la sala de este despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.- San Fernando de Apure, 07 de Febrero de 2008. Años 197° de la Independencia y 148° de la Federación.
La Jueza,

Dra. ANAID C. HERNANDEZ
La secretaria.

Abg. AURI TORRES.














EXP. 15.199
ACHZ/frrp.