REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
De los Municipios San Fernando y Biruaca
De la Circunscripción Judicial del Estado Apure


ACTA DE EJECUCIÓN


COMISIÓN N° 8-2061.-


En el día de hoy, seis de Febrero del año dos mil ocho, siendo las 2:15 p.m., conforme a lo acordado en el auto anterior, se traslado y constituyo el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en la sede del Banco Mercantil, Agencia de San Fernando de Apure, Ubicada en el Paseo Libertador de esta Ciudad de San Fernando, Estado Apure, con la finalidad de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Sala de Juicio Nº 02, librada en el Juicio de DIVORCIO ORDINARIO, seguido por la ciudadana SULMI LILIBETH MORENO, en contra de su cónyuge PEDRO JOSE FERNANDEZ MORENO, para ejecutar la Medida de Embargo Preventivo, decretada por el comitente. Se notifica de la misión del Tribunal, previa lectura del Despacho de Comisión al ciudadano MARCOS RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad, Nº 10.624.242, en su condición de Cajero Principal de esta Entidad Bancaria. Se encuentra una comisión policial, integrada por dos (02) funcionarios. Presente el Abogado en ejercicio JUAN CORDOBA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad, Nº 8.150.033, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 20.868, en su condición de Apoderado Judicial de la parte actora quien solicita el derecho de palabra y concedidole como le fue, expuso: solicito al Tribunal que requiera de la persona notificada, respecto a la orden de inmovilización de la cuenta en un monto del 50%. , a que se refiere el oficio Nº 192, emitido por el Tribunal de la Causa, en fecha 25 de enero del presente año y recibido en esta entidad a las 11:35 a.m., del mismo día, para que con relación a ello informe cual era el monto de los activos en la cuenta a que se contrae la Comisión para la referida hora u fecha y con fundamento a ello se proceda a dar cumplimiento a la Comisión ejecutando el Embargo Preventivo sobre el 50% del monto disponible en la fecha señalada anteriormente, es decir, la del oficio de participación de inmovilización de la cuenta, es todo. El Tribunal vista la solicitud anterior hecha por el Apoderado Judicial de la Parte Actora, insta al Notificado a que informe cual es el monto de los Activos en la Cuenta Nº 80700007028, Cuenta de Ahorros, para el día 25 de Enero del presente año y recibido en esta Entidad a las 11:35 a.m., del mismo día referido al oficio Nº 192 emitido por el Tribunal de la Causa. El Notificado manifiesta que para la fecha 25 de Enero del presente año, existía un monto de QUINIENTOS DOCE BOLIVARES CON CUARENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. F.512,45). El Apoderado Judicial de la Parte Actora solicita el derecho de palabra y concedidole como le fue expuso: En razón de que la cantidad disponible en la Cuenta resulta elsigua y aun onerosa con relación a los tramites que comporta el Embargo Preventivo de dicha cantidad, es por lo que en este acto desisto del procedimiento de Embargo con relación a los activos de dicha cuenta y le pido al Tribunal que le solicite a la persona Notificada un registro del movimiento de la cuenta que comprenda el ultimo mes y que el mismo sea agregado a las actas a que se contrae la Comisión con la finalidad de resguardar mi integridad profesional frente a mi poderdante, es todo. El Tribunal visto el pedimento anterior hecho por el Apoderado Judicial de la Parte Actora le solicita al Notificado que consigne en este acto el Registro de Movimiento de la Cuenta de Ahorros antes mencionada que comprende el último mes, es todo. El Notificado Consigna el movimiento de la referida Cuenta de Ahorros, constante de un (01) folio útil, el Tribunal recibe el movimiento de la referida Cuenta de Ahorros, constante de un (01) folio útil y ordena agregarlo a los autos, y no teniendo ninguna otra diligencia que hacer, da por terminado el Acto, siendo las 3:40 p.m. Terminó, se leyó y conformes firman. La Juez Prov., Dra. Ligia Puerta Valdez. El Apoderado Judicial, Dr. Juan Córdoba. El Notificado. Marcos Rodríguez. El fun., Policial. S/2do. Sandro Padilla. C.I. 12.901.628. El Alguacil Temp., José Francisco Chirinos. La Secretaria, Dra. María Aranguren.-



Com. N° 8.2061.-
Af.-