REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE CON SEDE EN SAN FERNANDO DE APURE. SALA DE JUICIO. JUEZ PROFESIONAL No.1


San Fernando, de Apure, 08 de Julio del 2.008

198° y 149°


Visto el contenido del acta procesal que antecede de fecha 30-07-2.008, suscrito por la Abg. CARMEN LUISA BARRIOS CASTILLO, en su condición de Fiscal Sexta del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial en la cual expuso: “ Solicito respetuosamente a este Honorable Tribunal, la extinción de la presente causa, por cuanto, tal como consta en autos, las partes manifestaron ante este Despacho Fiscal, que cada uno de ellos tiene a su cargo a uno de sus hijos; por lo tanto, los gastos de manutención están compartidos equitativamente entre ambos progenitores”, en consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en su sala de Juicio Nº 01, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, es por lo que procede a DECLARAR DESISTIDO el proceso, conforme al articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, Y así se decide expresamente. –

La Juez Unipersonal.,


Dra. MARGARITA CASTILLO.-

La Secretaria Temp.


Abg. YSMAREL CELIS.-
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-

La Secretaria Temp.

Abg. YSMAREL CELIS.-

Nº 15.149 mc/sore