JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
San Fernando de Apure, 28 de Julio de 2008.-
197° y 149°
Presentado personalmente por su firmante. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbre ó a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara “TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESIÓN” a favor del ciudadano LUIS SOLANGER PALMERO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.877.994 y de este domicilio, sobre las bienhechurías que se determinan en la solicitud y mediante justificativo de testigos evacuados por ante este Tribunal. Consistentes en: una casa de mampostería, la cual contiene; techo de acerolit, piso de cemento pulido, el garaje y techo de pleitee, piso de terracota, el resto de la casa; tres (3) habitaciones, un baño, una cocina, un comedor, un recibo, un garaje, un porche, toda cercada con paredes de bloque.. Dichas bienhechurías se encuentran construidas sobre un lote de terreno de su propiedad, según consta en documento debidamente Protocolizado en la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio San Fernando Estado Apure, bajo el Nº 16, Folios 103 al 109, Protocolo Primero, Tomo Vigésimo Octavo, Primer Trimestre del año 2.008, con una superficie de terrenos de SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y TRES CENTIMETROS (665.83 M2), el cual se encuentra ubicados en el sector Rabanal, vía al barrio Euclides Parra, Jurisdicción del Municipio Biruaca del Estado Apure, dentro de las siguientes linderos y medidas; NORTE: casa del señor Adriano Fernández (18.44 mts), SUR: casa de Víctor Torres (10.50 + 15.20 mts), ESTE: terreno del señor Adriano Fernández (24.70 mts) y OESTE: vía al barrio Euclides Parra (10.50 mts). Siendo el valor de dichas bienhechurías la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F.100.000,00). Bienhechurías estas fomentadas a las únicas y propias expensas del ciudadano Luis Solanger Palmero Rodríguez. Se ordena devolver estas resultas al solicitante quedando anotado en el Libro de solicitudes llevados por este Tribunal durante el año 2.008, bajo el Nº 1014.-
La Jueza Titular;
Dra. Anaid Carolina Hernández Zavala.

El Secretario Temporal;
Abg. Carlos Vertilio Villanueva.
En fecha 28 de Julio de 2.008, se devolvió original de estas actuaciones al solicitante, constante de ( ) folios útiles, quedando copia de la misma en el archivo de este Tribunal.-

El Secretario Temporal;
Abg. Carlos Vertilio Villanueva.
AHZ/CVV/Eddami.-
Sol N° 1014.-