REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCION
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD

San Fernando de Apure 18 de Julio de 2008
198° y 149°

Causa: 2E-557-06.


Visto el oficio Nº 4407, de fecha 20-06-08 emanado de la Penitenciaria General de Venezuela, en el cual remiten solicitud de Medida de Pre-Libertad de (Destacamento de Trabajo)a favor del penado: JOHANSE DE JESÚS PERAZA SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad Nº 18.941.920, condenado a cumplir la pena de siete (07) años y Nueve (09) meses de prisión por la comisión del delito de Robo Agravado Continuado y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previstos y sancionados en los artículos 458 en relación con el 455 y 99, así como el 277 todos del Código Penal Venezolano, por lo que este Tribunal acuerda practicar un nuevo computo conforme a lo establecido en el articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de determinar la fecha exacta en que le proceden los beneficios de ley, de la siguiente manera:

Que el penado JOHANSE DE JESÚS PERAZA SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad Nº 18.941.920, se encuentra privado de su libertad desde el 13 de Febrero de 2006, por lo que lleva a la fecha un tiempo igual a Dos (02) años, Cinco (05) Meses y Tres (03) días detenido, faltándole por cumplir Cinco (05) años, Tres (03) Meses y Veintiocho (28) días, procediéndole actualmente el beneficio de Destacamento de Trabajo el: 20-01-2008, y los beneficios de Régimen Abierto el: 13-09-2009, Libertad Condicional el: 14-03-2011, y Confinamiento el: 06-12-2011, y tomando en cuenta que en 07-08-2007, le fue practicado Informe Social el cual resulto favorable, y el informe psicológico practicado el 25-09-2007, resulto desfavorable, este Tribunal Segundo de Ejecución Acuerda: Ordenar la practica nuevamente del informe psicosocial al penado antes mencionado, para lo cual se oficiara a la Penitenciaria General de Venezuela, con sede en San Juan de los Morros Estado Guarico, a los fines de que sea ordenado lo conducente para la practica del examen antes referido, así como exhortar a un Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de San Juan de los Morros, Estado Guarico, a lo fines imponerlo de la presente decisión, así como para su control y vigilancia, conforme a lo señalado en el articulo 481 del Código Orgánico Procesal Penal, y una vez que conste en actas las resultas de dicho informe, este Tribunal decidirá sobre el otorgamiento de dicha medida. Y así se decide.

DISPOSITIVA

En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda:

Único: Ordenar nuevamente la practica del informe psicosocial al penado JOHANSE DE JESÚS PERAZA SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad Nº 18.941.920, para lo cual se oficiara a la Penitenciaria General de Venezuela, con sede en San Juan de los Morros Estado Guarico, a los fines de que sea ordenado lo conducente para la practica del examen antes referido, así como exhortar a un Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de San Juan de los Morros, Estado Guarico, a lo fines imponerlo de la presente decisión, así como para su control y vigilancia, conforme a lo señalado en el articulo 481 del Código Orgánico Procesal Penal, y una vez que conste en actas las resultas de dicho informe, este Tribunal decidirá sobre el otorgamiento de dicha medida. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN;

ABG. YULI TERESA BALI ARVELO
LA SECRETARIA,

ABG. TAIBETH MARIA CASTELLANO

Seguidamente y en esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA,

ABG. TAIBETH MARIA CASTELLANO

Causa N° 2E-557-06
YBA/EB..-