REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO, 17 DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL OCHO (2.008).-
198° y 149°

PARTES: ARGENIS RAMON PEÑA, MARLENE MIGUELINA TOVAR SOLORZANO y JUAN RAMON PEREZ

Visto el pedimento anterior y definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha 29-04-08, se ordena su ejecución de conformidad con lo establecido en el Artículo 492 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con lo pautado en el Artículo 523 y siguiente del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia, se acuerda expedir copia certificada de la Decisión y junto con oficio remítase a las Autoridades Civiles correspondientes, a los fines de:

1.- Estampar la nota marginal de Impugnación de Paternidad en la Partida de Nacimiento, bajo el N° 265, al folio 265 fte. Tomo 01, de fecha 07-07-1994, llevada por el Registro de Camaguán y el Registro Principal de San Juan de los Morros, estado Guárico, respectivamente.-

2.- Se ordena al Registrador Civil Municipal de Camaguán, Estado Guárico, a levantar nueva Partida de nacimiento, a favor de la adolescente (se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente) estableciendo la filiación materna y paterna entre la adolescente (se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente) y los ciudadanos ARGENIS RAMON PEÑA y MARLENE MIGUELINA TOVAR SOLORZANO.- Líbrese lo conducente. Cúmplase.-
Juez Unipersonal

Dra. MARGARITA CASTILLO.

El Secretario,


Dr. ERNESTO BOCANEY


Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-

El Secretario,


Dr. ERNESTO BOCANEY
Exp. Nº 15.407
MC/ELBO/Celenne