REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN GUASDUALITO.
1C3721-06
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO. Guasdualito, 28 de Marzo de 2008.
197° y 149°
Estando este Tribunal en la oportunidad legal para resolver la solicitud, presentada por ante este Tribunal, en fecha 17-03-08, por el defensor Público Penal Abg. Oscar Alexander Parra, actuando en representación de la imputada SANDRA LEE MOGOLLON, Colombiana, mayor de edad, titular de la de la cédula de ciudadanía Nº 68.287.813, incursa presuntamente en la comisión del delito de FALSA ATESTACION, previsto y sancionado en el artículo 320 del Código Penal, en los que solicita el Archivo Judicial de la causa, dado que el Fiscal del Ministerio Público no presentó el correspondiente acto conclusivo en el lapso legal, a los fines de decidir este Tribunal observa:
PRIMERO: Que en la audiencia de Calificación de Flagrancia, celebrada en fecha 31 de julio de 2006, este Tribunal acuerda: Admitir la Libertad bajo Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 256, numeral 3º del Código Orgánico Procesal, de la imputada SANDRA LEE MOGOLLON.
SEGUNDO: En cuanto a la solicitud de Archivo Judicial, realizada por el Defensor Pública Penal Abg. Oscar Alexander Parra, este Tribunal observa: Que en fecha 20 de junio de 2007, este Tribunal mediante audiencia, le fijó al Fiscal Tercero del Ministerio Público un lapso de ciento cuarenta (40) días, para que presentara el correspondiente acto conclusivo, habiendo solicitado el Fiscal Décimo Segundo, Abog. CARLOS IZARRA, cien (100) días para presentar el acto conclusivo, que se le remitiera la causa y dado que hasta la presente fecha no se ha remitido la misma, no ha empezado a transcurrir el lapso fijado para el Ministerio Público. Es por lo que este Tribunal, niega la solicitud de Archivo Judicial.
TERCERO: Es por todo lo antes expuesto que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide Primero: Niega la solicitud del Defensor Público Abg. Oscar Alexander Parra, de Archivo Judicial y se acuerda remitir la presente causa a la Fiscalía Décima Segunda del Ministerio Público a los fines que presente el acto conclusivo que considere pertinente. Notifíquese a las partes.
LA JUEZ DE CONTROL
ABG. NELLY MILDRET RUIZ RUIZ
LA SECRETARIA,
ABG. MILENA FREITEZ.
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.
LA SECRETARIA,
ABG. MILENA FREITEZ.