En el día de hoy, Lunes Diecinueve (19) de Mayo de 2008, siendo las 10:00 horas de la mañana, se constituyó este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, a los fines de celebrar la Audiencia Especial de conformidad a lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal. Seguidamente el ciudadano Juez da inicio al acto, solicita a la secretaria verificar la presencia de las partes, quien informa que se encuentran presentes la Defensora Pública ABOG. CARMEN MIREYA Martínez y la Fiscal Primera del Ministerio Público ABOG. CARMEN ELENA PADRON, más no así, los imputados: CHARLES CAMLPHIL Y MICKEL CARTER. Acto seguido la ciudadana Defensora Pública ABOG. GLADYS MIREYA MARTINEZ, solicita el derecho de palabra y cedido como le fue expuso: “Ciudadano Juez, en virtud de que tengo conocimiento de que los imputados de autos CHARLES CAMLPHIL Y MICKEL CARTER, se encuentra en Trinidad y Tobago, es decir, no están residenciados en este País, es por lo que solicito se inste al Ministerio Público, a fin de que solicite la remisión de la causa para emitir el respectivo Acto Conclusivo. Es todo. Seguidamente le fue cedido el derecho de palabra a la Fiscal Primero del Ministerio Público ABOG. CARMEN ELENA PADRON, quien expuso: “En atención a lo solicitado por la Defensa y en virtud de que no se tiene certeza de la ubicación de los imputados: CHARLES CAMLPHIL Y MICKEL CARTER, aunado a los múltiples diferimientos realizados en el presente caso, esta representación Fiscal solicita al Tribunal, la remisión de la causa, a fin de emitir el correspondiente acto conclusivo en el menor tiempo posible. Es todo. Acto seguido, este Tribunal observa en virtud de la incomparecencia de los imputados y en virtud de que no ha sido posible la celebración del presente acto y por considerar quien aquí decide, que esta ajustado a derecho lo solicitado tanto por la Defensa, así como por el Ministerio Público, se acuerda la remisión de la Causa a la Fiscalía Primera del Ministerio Público, a fin de que emita Acto Conclusivo. Quedan notificadas las partes presentes. Es todo termino se leyó y conformes firman.
JUEZ PRIMERO DE CONTROL


DR. JOSÉ LUIS SÁNCHEZ