REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO DE APURE, (12) DE MAYO AÑO
DOS MIL OCHO (2.008)
198° y 149°

Visto el convenimiento de Atraso por concepto de Obligación de Manutención que antecede, suscrito ante la Defensa publica entre los ciudadanos: RECI JOSE CONTRERAS y SANTA YSABEL DAZA HERRERA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. 8.191.439 y 12.322.603, plenamente identificados en autos, quienes expusieron en relación al atraso de la Obligación de Manutención a favor de los Hnos. (Se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente): EL PRIMERO DE LOS NOMBRADOS: “Reconozco que mantengo hasta la fecha una deuda por concepto de Obligación de Manutención de novecientos veinte bolívares (Bs. 920,oo), los cuales se corresponden con el bono de fin de año 2007 y los meses de Marzo y abril del año 2008 para lo cual propongo oferta de pago en dos cuotas de cuatrocientos sesenta bolívares cada una (Bs. 460,oo) la primera será cancelada el día lunes 12 de mayo y la segunda el día 26 de mayo de este mismo año. Es todo” En este mismo acto la ciudadana Santa Isabel Daza Herrera manifiesta: “Acepto de la oferta de pago que se me hace en los términos y condiciones señaladas por el ofertante…”.- En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el Convenimiento efectuado entre los ciudadanos RECI JOSE CONTRERAS y SANTA YSABEL DAZA HERRERA, anteriormente identificados, en los términos antes expuesto de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente. Cúmplase. -
La Juez Unipersonal


MARGARITA CASTILLO

El Secretario,

Dr. ERNESTO LUIS BOCANEY
Seguidamente se publicó y se registró la anterior decisión siendo las 02:00 p.m.-
El Secretario,

Dr. ERNESTO LUIS BOCANEY
Exp. Nº 15.369/sore