REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, 21 de Mayo de 2008.-
197° y 149°

Visto el Desistimiento anterior, suscrito por la ciudadana NELLY JOSEFINA ALCALÁ, en su carácter de parte actora en el presente proceso, debidamente asistida de abogado, mediante el cual desiste del presente procedimiento, y por cuanto versa sobre derechos disponibles este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN dándole el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Así mismo, se ordena devolver los originales que cursan a los folios 4,5,6,7 del presente expediente. Se deja constancia que este Tribunal se abstiene de devolver el original y certificar la mencionada copia hasta tanto no conste el fotostato correspondiente.-
Se declara concluido el presente juicio y se ordena el archivo del presente expediente en su oportunidad de Ley.-
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, a los veintiún (21) días del mes de Mayo del año 2008.

La Jueza,

Dra. ANAID C. HERNANDEZ.-
El Secretario Temp.

CARLOS VILLANUEVA.

En esta misma fecha, se publicó y registró la anterior decisión.


El Secretario Temp.

CARLOS VILLANUEVA.

Exp. 15.196