REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA





CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD

San Fernando de Apure, 08 de Mayo de 2008.
198° y 149°

EJECUCION DE SENTENCIA Y COMPUTO DE PENA.
Causa: 2E-708-08
Juez: Abg. Yuli Teresa Bali Arvelo.
Fiscal: Séptimo del Ministerio Publico
Defensor Privado: Abg. Gonzalo Bohorquez.
Delito: Robo Generico.
Victima: Hohora Yohana Carrasquel
Penados: 1) Kelvis Oduber Hidalgo Mirabal, Titular de la cédula de identidad Nº 23.509.194.
2) Pedro Manuel Rudas, Titular de la cédula de identidad Nº 11.487.495.
Secretario: Abg. Edwin Manuel Blanco.

Definitivamente firme como ha quedado el fallo condenatorio inserto a los folios 130 al 135 recaído en la presente causa contra los ciudadanos: KELVIS ODUBER HIDALGO MIRABAL, Titular de la cédula de identidad Nº 23.509.194, nacido el 22-01-1988, residenciado en el Barrio Cristo Rey, primera trasversal, calle 08, frente al parque de Ferias, Municipio San Fernando, Estado Apure, de profesión u oficio albañil. Hijo de Judith Mirabal (v) y Abusly Hidalgo (v), y PEDRO MANUEL RUDAS, Titular de la cédula de identidad Nº 11.487.495, fecha de nacimiento 23-11-1971, natural de Rio Chico, Estado Miranda, residencio en el Barrio Dios con Nosotros, calle principal, casa 35 cerca de la trasversal que da para el Barrio Santa Teresa. Municipio San Fernando, Estado Apure. De profesión u oficio Técnico en Refrigeración, hijo de Lilia Rudas (v) y Palacido Rudas (v) quines fueron condenados a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISION por la comisión del delito de Robo Genérico, previsto y sancionado en el articulo 455 del Código Penal Venezolano, en decisión dictada por el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure en fecha 21-04-08.

Este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA la Ejecución de la Pena de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal. En los términos siguientes:
Penado: Kelvis Oduber Hidalgo Mirabal
Delito: Robo Genérico
Pena Impuesta: Seis (06) Años de Prisión.
Fecha de la Detención: Desde: 17-01-2008. Hasta la presente fecha.
Tiempo Detenido: Tres (03) Meses y Veintiún (21) días.
Falta por cumplir: Cinco (05) Años, Ocho (08) Meses y Nueve (09) días.

Penado: Pedro Manuel Rudas.
Delito: Robo Genérico
Pena Impuesta: Seis (06) Años de Prisión.
Fecha de la Detención: Desde: 17-01-2008. Hasta la presente fecha.
Tiempo Detenido: Tres (03) Meses y Veintiún (21) días.
Falta por cumplir: Cinco (05) Años, Ocho (08) Meses y Nueve (09) días.

Beneficios que les Proceden: Fecha:_______
Destacamento de Trabajo con ¼ de la pena cumplida: Fecha: 18-07-2009.
Régimen Abierto con 1/3 de la pena cumplida: Fecha 17-05-2010.
Libertad Condicional con 2/3 de la pena cumplida: Fecha: 17-01-2012
Confinamiento con ¾ de la pena cumplida: Fecha 17-07-2012

Por ultimo, por cuanto los ciudadanos antes identificados, se encuentran privados de libertad, este Tribunal acuerda mantener dicha Medida, para lo cual se acuerda su traslado de la sede del Comando de la Policía del Estado, a la sede del Internado Judicial de esta ciudad.

Notifíquese a las partes de la presente decisión, Remítanse Copias Certificadas del presente auto al Director del Internado Judicial, División de Antecedentes Penales del Ministerio de Interior y Justicia. Librese Boleta de Traslado para imponer a los penados. Ofíciese lo conducente. Cúmplase
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN

DRA. YULI TERESA BALI ARVELO

EL SECRETARIO;

ABG. EDWIN MANUEL BLANCO L.
Seguidamente y en esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO

ABG. EDWIN MANUEL BLANCO L.
Causa N ° 2E-708-08
YBA/EB..-