LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:





JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 11 de Noviembre del 2.008.-
198° y 149°

Solicitantes: Rosa Amelia Arismendi Santana.-
Abogado Asistente: María Teresa Alonso Aguilera.
Motivo: Inserción de Partida de Nacimiento.
Expediente Nº: 15.453.
Sentencia: Definitiva.

En fecha 30 de Julio de 2.008, la ciudadana Rosa Amelia Arismendi Santana, venezolana, mayor de edad, Soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.147.999 y de este domicilio, debidamente asistido en este acto por la abogada en ejercicio María Teresa Alonso Aguilera, instauró demanda de Inserción de Partida de Nacimiento, a su favor, señalando que nació en el vecindario Viento “B”, Municipio Biruaca del Estado Apure, el día 08 de Agosto de 1.980, siendo hija legítima de los ciudadanos: Daniel Ramón Arismendi Dorante y Dora Teresa Santana de Arismendi y que su partida de nacimiento No Aparece inserta en los libros de Registro Civil de Nacimientos, llevados por la Prefectura del Municipio Biruaca del Estado Apure, ni Registro Principal Civil del Estado Apure, según constancias expedidas por dichos despachos, en fecha 23 de Junio del 2.008, y en fecha 02 de Junio del 2.008, respectivamente.-
Este Tribunal para dictar sentencia, se observa:

P R I M E R O:

En este Proceso se ha cumplido a cabalidad todos los requisitos, y tramites procedimentales que contempla la Ley para este Tipo de proceso.

SEGUNDO

Analizadas las pruebas documentales traídas a los autos, consta que es una declaración unilateral que presenta la solicitante ante el Registrador Principal y la Prefectura del Municipio Biruaca del Estado Apure, ni Registro Principal Civil del Estado Apure, de la cual se evidencia plenamente que la partida de nacimiento de la ciudadana referida, no aparece asentada en los libros de nacimientos llevados al efecto de conformidad con el Articulo 505 del Código Civil.
Por todos los razonamientos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar la presente acción y en consecuencia, se ordena la Inserción de la Partida de Nacimiento a favor de la ciudadana: Rosa Amelia Arismendi Santana, quien nació el día 08 de Agosto de 1.980, en el vecindario Viento “B”, Municipio Biruaca del Estado Apure, respectivamente. Remítase copia certificada de la presente sentencia a la Prefectura del Municipio Biruaca del Estado Apure, a los fines de que ordene La Inserción de la Partida de Nacimiento de la ciudadana antes mencionada, en los libros de nacimientos respectivos.-
Publíquese regístrese y déjese copia.
Dada firmada y sellada, en la sala del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Once (11) día del mes de Noviembre del dos mil ocho (2.008). Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
La Juez,

Abg. Anaid C. Hernández Z.-.
El Secretario Acc.,

Francisco J. Reyes P.-