REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

El Fiscal Noveno del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial Abg. LUIS ALEXANDER DORDELLY DAZA, solicita de este Tribunal Segundo de Control la declaratoria de sobreseimiento en la presente causa, basándose en que no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, no habiendo base para solicitar el enjuiciamiento del imputado, de conformidad a los artículos 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal a los fines de decidir observa:

La presente causa se inició en fecha 02 de Febrero del 2002, mediante denuncia Nº 051 interpuesta por el ciudadano EDGAR ISMAEL QUIÑONES ante la Comandancia General de la Policía San Juan de Payara del Estado Apure, en donde manifestó que fue agredido físicamente por el ciudadano OMAR BENTACOURT, causando herida en la cara, región izquierda del ojo y hematomas en el cuerpo.

En fecha 05 de Febrero de 2.004, la Fiscalía Novena del Ministerio Publico, da inicio de Investigación en la causa 04-F1-0109-04, comisionándose para el esclarecimiento de los hechos denunciados al organismo actuante.

En fecha 01 de Abril de 2008, este Tribunal Segundo de Control recibe solicitud de Sobreseimiento presentada por Fiscalía Novena del Ministerio Público y revisada la misma se observa que ha cumplido con los supuestos procesales para que proceda el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Publico; verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado; y dando cumplimiento a lo establecido en los Artículos 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal y por cuanto de la revisión de las actas se evidencia que efectivamente han transcurrido mas de cuatro años de la presunta comisión del delito investigado de LESIONES GRAVES y en virtud de que hasta la presente fecha no se han obtenido nuevos datos, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar otros elementos de convicción que demuestren la perpetración del ilícito penal objeto del presente proceso, por lo que es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL.


DISPOSITIVA

En virtud de lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 2C-10.557-08, la cual al principio fue instaurada contra OMAR BENTANCOURT, en perjuicio de EDGAR ISMAEL QUIÑONES, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
.
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

DRA. NATALY PIEDRAITA