REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN GUASDUALITO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
EXTENSIÓN GUASDUALITO

SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN

Guasdualito, 23 de Octubre de 2008
198º y 149º

Por cuanto este Tribunal de la revisión y análisis de la presente causa observa que en fecha 14 de Noviembre de 2006, se celebró Audiencia de Imposición de Medidas de Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta, por un lapso de dos (02) años; y en el cómputo definitivo de Ejecución de la Sanción aparece como fecha de finalización el 14 de Noviembre de 2008; es por lo que en uso de las atribuciones legales conferidas en los artículos 646 y 647, literales “a” y “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente. Considera ajustado a derecho fijar audiencia de cese de medidas y así se decide. En consecuencia ESTE TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: Fijar Audiencia de Cese de Medidas, impuesta al ciudadano sancionado (SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN DEL ADOLESCENTE POR MANDATO EXPRESO DEL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO NIÑAS Y DEL ADOLESCENTE), por el delito de Robo Propio en Grado de Facilitador, previsto y sancionado en el artículo 456 del Código Penal Venezolano en concordancia con el artículo 84 numeral 3 ejusdem, en perjuicio del ciudadano Joaquin Juvencio Guerrero Figueredo, para el día Lunes 17 de Noviembre de 2008, a las 10:00 horas de la mañana. SEGUNDO: Oficiar a la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito y Extensión, a los fines de que informe sobre las presentaciones impuestas al adolescente sancionado, en Audiencia de Imposición de Medidas, celebrada por este Tribunal en fecha 07 de Junio de 2007. Líbrese notificaciones y el oficio correspondiente. Cúmplase.
La Juez,



Abg. Maraly K Olivares R.

La Secretaria,


Abg. Yrma Pérez.

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

La Secretaria,


Abg. Yrma Pérez.





CAUSA Nº 1E20-06
MKOR/YP/mm.-