REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

Vista la solicitud interpuesta por el Ciudadano JESUS RAFAEL DOBLES SANDOVAL, titular de la Cédula de Identidad No. 843.965, mediante la cual solicita se le haga nuevamente entrega del vehiculo de las siguientes características: Marca chevrolet. Clase Camioneta. Modelo Cheyenne auto. Tipo Pickup. Año 1992. Color rojo. Dos tonos. Uso carga. Serial del motor KNV370607. Serial de carrocería C1C4KNV370607. Placas 335-XHW, por cuanto el vehiculo le fue retenido por funcionarios de la Guardia Nacional al momento en que se encontraba estacionado en frente de su casa.
En ese sentido este Tribunal una vez recibida las actuaciones originales contentivas de la investigación No. 04-F2-2943-04, de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, ciertamente se observa que en fecha 11 de octubre del año 2004, este Tribunal dictó decisión mediante la cual hizo entrega en calidad de deposito del vehiculo en mención al Ciudadano JESÚS RAFAEL DOBLES SANDOVAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, decisión esta que se encuentra firme, y no existe ninguna otra decisión de este organismo jurisdiccional que revoque el pronunciamiento mediante el cual se acordó dicha entrega; a tal efecto considera este Tribunal que lo procedente y ajustado a derecho es ACORDAR LO SOLICITADO, por el Ciudadano JESÚS RAFAEL DOBLES SANDOVAL, que se acuerde nuevamente la entrega del vehiculo que tiene en deposito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 311 del Código Orgánico procesal Penal. Y asi se decide.
Líbrese oficio al Gerente del Estacionamiento el Múltiple a los fines que le haga entrega en calidad de deposito al Ciudadano JESÚS RAFAEL DOBLES SANDOVAL, titular de la Cédula de Identidad No. 843.965, del vehiculo de las características señaladas en el presente auto. Notifíquese al solicitante y la Fiscalía Segunda del Ministerio Publico. CUMPLASE.-
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL,

DR. JOSÉ LUIS SÁNCHEZ RODRÍGUEZ.