REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 20 de abril de 2.009
198º y 149º

SOBRESEIMIENTO

CAUSA N° 3C-1437- 09
JUEZ : ABOG. NORKA MIRABAL RANGEL
PROCEDENCIA: FISCALIA5° DEL MINISTERIO PÚBLICO.
VÍCTIMA : ORTEGA BLADIMIR JOSE
SECRETARIO (A): ABG. ZUJENNY FERNANDEZ
IMPUTADO (S) MONTOYA ESPAÑA SORANGELA DEL CARMEN
DELITO (S) VIOLENCIA PSICOLOGICA, AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA


Vista la solicitud de SOBRESEIMIENTO, que conforme a lo establecido en el artículo 318, numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal, presentare la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico, y recibida en este Tribunal en fecha 15 de abril de 2009, en virtud del inicio de las actividades del Tribunal Tercero de Control, conforme a la resolución Nº 01-2009 emanada de la Presidencia del Circuito judicial del Estado Apure; a los fines de decidir observa:
DE LOS HECHOS
Establece el Ministerio Publico para solicitar el sobreseimiento, que en fecha 23-06-08, tuvo conocimiento de un hecho punible, de acción publica, motivo por el cual apertura la investigación Nº 04-F5-0297-08, por la comisión de los delitos previstos y sancionado en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de violencia, en sus artículos 39, 41 y 42 , como son los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, AMENAZA Y VIOLENICA FISICA, según se dimana de los hechos narrados por la victima donde expresa las circunstancias de tiempo, modo y lugar de la acción ejercida por el imputado de auto, a saber: “mi pareja cada vez que se emborracha busca a pegarme y a insultarme y me dice un poco de groserías anoche llego tomado y me jalo por los pelos y me queria golpear, me insulto, fue que se metió mi mama y me defendió, hasta me corrió de la casa y yo no me puedo ir porque tengo un hijo pequeño con el, hace tiempo me golpeo también y yo no hice nada me quede callada…”
Al folio 13, cursa Orden de inicio de las investigaciones, por parte del Ministerio Público.
Al folio 14, cursa Acta de Imposición de Medidas de Protección y de Seguridad, impuestas al imputado ORTEGA BLADIMIR JOSE, por parte del Ministerio Público.
Asimismo manifiesta el Ministerio Público, que durante la fase investigativa no se recabaron suficientes elementos probatorios que permita determinar la responsabilidad del imputado en los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA, aunado al hecho que a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos o datos a la investigación, que den base para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado, en razón que no hay sustentación y soporte que sirva en un respectivo Juicio Oral y Público, así como la falta de Reconocimiento Medico Legal, que coadyuvaría en determinar la calificación jurídica correspondiente.
En éste sentido, de acuerdo a la revisión del asunto, verificó el tribunal que evidentemente a pesar de haberse cometió un hecho punible, perseguible de oficio, no se recabaron suficientes elementos que demuestren la culpabilidad de los imputados, y tomando en consideración el tiempo transcurrido, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos a la investigación que den base para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado, así como la falta del Reconocimiento Medico Legal, por lo que seria inoficioso seguir con el procedimiento, por cuanto no existen razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos a la investigación, e insistir en mantener un proceso ante el Órgano jurisdiccional seriar retardar una decisión que en definitiva va a ser la misma que deba pronunciarse si se llegase al debate, de conformidad con el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal.

DECISION
Por las razones que anteceden el Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Control, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a los parámetros de los artículos 318 numeral 4°, del Código Orgánico Procesal Penal, decreta: el Sobreseimiento de la causa seguida a ORTEGA BLADIMIR JOSE, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° 9.105.398. Notifíquese a las partes. Cúmplase.

LA JUEZA TERCERO DE CONTROL

NORKA MIRABAL RANGEL