REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
Republica Bolivariana De Venezuela
Tribunal Supremo De Justicia
Circuito Judicial Penal Del Estado Apure
Tribunal Primero De Control
San Fernando de Apure, 21 de Abril de 2009
199º y 150ª
SOBRESEIMIENTO
CAUSA: 1C-10.386-07
IMPUTADO: FERNANDEZ NEREO
VICTIMA: ROSA FERNANDEZ Y NEIDA FERNANDEZ
DELITO: RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y CONTRA LAS PERSONAS
PROCEDENCIA: FISCALIA QUINTA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
Visto que en fecha 17-04-2009, la Fiscal Quinto del Ministerio Público, Dra. LORENA FIRERA MORALES, Solicita a este Tribunal, declare el SOBRESEIMIENTO en la causa N° 1C-10.386-07, nomenclatura de este Tribunal y la causa N° 04-F5-0359-07, nomenclatura de la Fiscalía, donde aparece como imputado: FERNANDEZ NEREO, de conformidad a lo previsto en el Artículo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, en razón de que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación que permitan determinar quien fue el autor del hecho. Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir observa: De la revisión practicada a las actas se evidencia la comisión de un hecho punible, el cual se inicia la presente averiguación el día 07-11-2007, mediante procedimiento efectuado por funcionarios adscritos al Comando regional Nª 06, Destacamento de Fronteras Nª 63, Primera Compañía, quienes dejan constancia de lo Siguiente “siendo aproximadamente las 09:00 horas de la mañana, se realizo traslado al sector medanito con la finalidad de corroborar la información aportada por el ciudadano: FERNANDEZ NELSON JAVIER, a que su tío estaba bajo los efectos de la droga y quería matar a su progenitora y a su madre, una ves en el lugar el mismo se encontraba alterado comportándose de forma hostil con la comision, logrando golpear en la mano derecha al guardia nacional BASTIDAS JULIO NEHOMAR…”
Cumplidos los supuestos procesales, para que se haga procedente el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público, representado en este acto por la Dra., LORENA FIRERA MORALES, en su carácter de Fiscal Quinto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial; pues verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado la fiscal concluyo lo siguiente;…esta representación fiscal considera luego .del análisis de los elementos de convicción recabados en la presente investigación, es posible inferir que nos encontramos en presencia de uno de los delitos contra las personas, específicamente del delito de AMENAZAS previsto y sancionado en el Art. 41 de la ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, y el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el Articulo 218 del Código Penal Venezolano…” Ahora bien se evidencia; que efectivamente han transcurrido: Un (01) año, Cinco (05) Meses y catorce (14) días, de la comisión del delito investigado y hasta la presente fecha no se han obtenidos nuevos datos a la investigación, no existiendo razonablemente la posibilidad para incorporar otros elementos de convicción que demuestren la perpetración del ilícito penal objeto del presente proceso por lo que es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL. De sobreseimiento de la causa y así se decide.-
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-10.386-07, seguida en contra del imputado: FERNANDEZ NEREO, Titular de la cedula de Identidad Nª 14.693.265, por la presunta comisión de uno de los delito: AMENAZAS, en perjuicio de: ROSA FERNANDEZ Y NEIDA FERNANDEZ, y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
DR JOSE LUIS SANCHEZ
LA SECRETARIA
ABG. YSMAYRA CAMEJO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. YSMAIRA CAMEJO
Causa N° 1C-10.386-07
JLS/jean m.-