REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 03 de Abril de 2.009
198º y 150º
AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN DE IMPUTADO
CAUSA N° 1C-12.355- 09
JUEZ : DR. JOSÉ LUIS SÁNCHEZ
PROCEDENCIA: FISCALIA 01° DEL MINISTERIO PÚBLICO (AB. DIOGENES TIRADO
DEFENSOR PUBLICO: AB. LUISA PANTOJA
VÍCTIMA : LA COLECTIVIDAD
SECRETARIA: AB. TAIBETH CASTELLANO
IMPUTADO: MICHAEL ALEXANDER SANCHEZ: Titular de la cedula de identidad N° V- 18.380.235, nacido: 26-06-1989, Edad 19 años, natural de Villa de Cura Estado Aragua, Residenciado en Coloncito, barrio 19 de Abril, casa S/N, cerca de la Finca Gino Edo. Táchira. Profesión u oficio: Comerciante
DELITO Contra el Orden Público.
En el día de hoy, Tres (03) de Abril de 2.009, siendo las 10:00 horas de la mañana, oportunidad a realizarse la presente, se constituyó este Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Control N 1° del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, estando de Guardia, a los fines de celebrar la Audiencia de presentación del Imputado MICHAEL ALEXANDER SANCHEZ: Titular de la cedula de identidad N° V- 18.380.235, por la presunta comisión de uno de los delitos Contra el Orden Público; y estando presente la AB. LUISA PANTOJA, defensora pública, quien manifiesta que acepta la defensa del mismo. Se declara abierta la audiencia, y el Fiscal expone: “Esta representación Fiscal, tiene conocimiento, de que el ciudadano MICHAEL ALEXANDER SANCHEZ: Titular de la cedula de identidad N° V- 18.380.235, fue trasladado hasta el Hospital Pablo Acosta Ortiz, de esta ciudad, lugar donde falleció, por esta razón solicito se me remitan las presentes actuaciones
de inmediato a fin de emitir acto conclusivo y de igual forma se deje sin efecto la presente audiencia. Es todo”. Seguidamente la defensa pública AB. LUISA PANTOJA expone: “Esta defensa no tiene objeción alguna, respecto a la solicitud realizada por el Ministerio Público. Es todo”. Acto seguido el ciudadano Juez expone: “Oída como ha sido la Solicitud del Representante del Ministerio Público a la cual la defensa pública no tiene objeción alguna, el tribunal observa por cuanto se tiene conocimiento mediante el representante Fiscal que el imputado MICHAEL ALEXANDER SANCHEZ: Titular de la cedula de identidad N° V- 18.380.235, falleció, y dado que el mismo solicito la remisión inmediata de la presente causa a fin de emitir el acto conclusivo que haya lugar, y dejar sin efecto la presente audiencia; por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal y administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley acuerda: Primero: Se acuerda la remisión inmediata de las presentes actuaciones a la Fiscalia Primera, por cuanto el imputado MICHAEL ALEXANDER SANCHEZ: Titular de la cedula de identidad N° V- 18.380.235, falleció, a fin de que el representante fiscal emita el acto conclusivo que haya lugar. Segundo: Se deja sin efecto la presente audiencia, por cuanto el imputado MICHAEL ALEXANDER SANCHEZ: Titular de la cedula de identidad N° V- 18.380.235, falleció. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA:
Por todas las razones antes expuestas este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
Primero: Se acuerda la remisión inmediata de las presentes actuaciones a la Fiscalia Primera, por cuanto el imputado MICHAEL ALEXANDER SANCHEZ: Titular de la cedula de identidad N° V- 18.380.235, falleció, a fin de que el representante fiscal emita el acto conclusivo que haya lugar.
Segundo: Se deja sin efecto la presente audiencia, por cuanto el imputado MICHAEL ALEXANDER SANCHEZ: Titular de la cedula de identidad N° V- 18.380.235, falleció. Ofíciese lo conducente. Es todo termino se leyó y conformes firman.
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
AB. JOSÉ LUIS SÁNCHEZ