REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE PENAS
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD

San Fernando de Apure, 20 de abril de 2009.-
198º y 150º.


E X T I N C I O N D E L A P E N A


CAUSA N° 1E-1507-08.

PENADO: RUBEN ALCIDES RIVERO y JOSE RAFAEL ROJAS.
DEFENSOR PRIVADO: ABG. OSCAR LEONARDO HERES.
FISCAL: SEPTIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO

Revisadas como han sido las actuaciones procesales que conforman el presente expediente; y de las misma se evidencia a los folios del Ciento Seis (106) al Ciento Quince (115) sentencia definitivamente firme dictada por el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en fecha 26 de Marzo del 2008, mediante la cual condena a los ciudadanos: ROJAS RIVERO JOSE RAFAEL, titular de la cédula de identidad N° 14.343.007,venezolano, mayor de edad, soltero de profesión u oficio pescador, residenciado en Sombrerito, cerca de la Escuela, el Saman de Portuguesa, calle principal, dos casas después de la Escuela, Jurisdicción Camaguán Estado Guarico y RUBEN ALCIDES RIVERO, Titular de la Cedula de Identidad Nº 12.583.811, venezolano, mayor de edad, soltero de profesión u oficio pescador, residenciado en Sombrerito, cerca de la Escuela, el Saman de Portuguesa, calle principal, dos casas después de la Escuela, Jurisdicción Camaguán Estado Guarico a cumplir la pena de TRES MESES (03) y SIETE (07) DIAS DE PRISION, por la comisión del delito de ACTIVIDADES EN AREAS ESPECIALES O ECOSISTEMAS NATURALES, CAZA y DESTRUCCION EN AREAS ESPECIALES O ECOSISTEMAS NATURALES, previsto y sancionado en el artículo 58 y 59 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio del Estado Venezolano. A tal efecto, este Tribunal a los fines de la decisión correspondiente a la EXTINCION DE LA PENA impuesta al supramencionado penado, lo hace en el siguiente término:

Observa este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad que desde el 26-03-2008, fecha en que quedó firme la sentencia en contra de los ciudadanos: ROJAS RIVERO RAFAEL y RUBEN ALCIDES RIVERO, hasta el día de hoy 20-04-2009, han transcurrido Un (01) Año, y veinticuatro (24) dias; tiempo éste más que suficiente para que opere la prescripción de la pena que es de Tres (03) meses y Siete (07) dias, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 112, Ordinal 1° y Tercer Aparte del Código Penal Venezolano Vigente, en concordancia con el artículo 479, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal; en consecuencia este Tribunal acuerda la Extinción de la Pena por Prescripción. Y ASI SE DECLARA.

DISPOSITIVA

En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA, impuesta a los penados: JOSE RAFAEL ROJAS y RUBEN ALCIDES RIVERO, antes identificado; por PRESCRIPCION, de conformidad con lo establecido en el Artículo 112, Ordinal 1° y Tercer Aparte del Código Penal Venezolano Vigente, en concordancia con el articulo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, Notifíquese al ciudadano Fiscal Séptimo del Ministerio Público, a la Defensa. Firme el presente pronunciamiento remítase al Archivo Judicial. Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION,

DRA. YULI BALI ARVELO.
LA SECRETARIA.,

ABG. MARIA GABRIELA FERRER.

Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado………………..

LA SECRETARIA,

ABG. MARIA GABRIELA FERRER.
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CAUSA N° 1E-1507-08.
YBA/MGF/Nury-