REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD

NUEVO CÓMPUTO DE EJECUCIÓN DE LA PENA

CAUSA N° 1E-1792-09
IDENTIFICACIÓN DEL PENADO: YOHANSE DE JESUS PERAZA SANCHEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.941.920, residenciado en La Urbanización Los Centauros, a dos veredas de la casilla Policial, en esta ciudad de San Fernando de Apure.
DELITO: ROBO AGRAVADO CONTINUADO Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO.
PENA IMPUESTA: SIETE (07) AÑOS Y NUEVE (09) MESES DE PRISION.
DETENIDO DESDE: 13-02-06 hasta el 21-04-2009.
TIEMPO DETENIDO: TRES (03) AÑOS, DOS (02) MESES y OCHO (08) DIAS.
REDENCIÓN DE PENA DE FECHA: 21-07-08: CUATRO (04) MESES y QUINCE (15) DÍAS.
TIEMPO CUMPLIDO (DETENCION MÁS REDENCION) TOTAL: TRES (03) AÑOS, SEIS (06) MESES Y VEINTITRES (23) DÍAS.
PENA QUE LE FALTA POR CUMPLIR: CUATRO (04) AÑOS, DOS (02) MESES Y SIETE (07) DÍAS.
FECHA EN QUE CUMPLE LA PENA: 28-06-2013.

Ahora bien, conforme a lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 479 numeral 1 ejusdem, este Tribunal pasa a calcular el tiempo de cumplimiento de pena correspondiente y de las posibles fechas para optar a los beneficios de ley.
Destacamento de Trabajo:
( ¼ parte de la pena) (01 años, 11 meses, 07 días y 12 horas
Fecha: 20-01-2008.
Régimen Abierto:
(1/3 parte de la pena) (02 años, 07 meses)
Fecha: 13-09-2008.
Libertad Condicional
(2/3 partes de la pena) (05 años, 02 meses) menos tiempo cumplido
(03 años 6 meses, 23 días)=
01 años, 06 meses, 07 días.
Fecha: 28-10-2010
Confinamiento:
(3/4 partes de la pena). (05 años, 09 mes, 22 días y 12 horas) menos tiempo cumplido.
(3 años 06 meses, 23 días)=
02 años, 02 mes, 29 días.
Fecha: 20-07-2011

En consecuencia dando estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, una vez practicados los cálculos pertinentes, en el presente caso se evidencia que proceden los beneficios de Destacamento de Trabajo y Régimen Abierto.
Notifíquese del presente cómputo al Fiscal del Ministerio Público, al Penado y a su Defensor y practíquese las demás diligencias correspondientes, por cuanto se observa que el penado se encuentra recluido en la Penitenciaria General de Venezuela, librese Exhorto al Tribunal de Ejecución del Estado Guarico a fin de que se imponga del presente auto.
Cúmplase en San Fernando de Apure, a los veintidós (22) días del mes de Abril de 2009.
La Juez Primero de Ejecución,


DRA. YULI BALI ARVELO.
LA SECRETARIA,


ABG. MARIA GABRIELA FERRER.

Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.

EL SECRETARIO,


ABG. MARIA GABRIELA FERRER.
Causa Nº 1E-1792-09
YBA/MGF/nurys.