REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
San Fernando de Apure, 29 de Abril de 2009.-
Visto el anterior escrito, suscrito por la Dra. MARIA ELENA DELGADO, donde solicita el traslado del penado CRUZ MARIA RODRIGUEZ, a la Misión Barrio Adentro A.S.I.C. “León Páez” Centro de Diagnostico Integral (C.D.I.), ubicado frente a la Biblioteca del Estado, a los fines de la realización de examines de rigor, previos a intervención quirúrgica; revisada la solicitud, el Tribunal observa:
PRIMERO: Que en los supuestos taxativamente consagrados en el Articulo 62 de la Ley de Régimen Penitenciario, solo están previstas las salidas transitorias hasta por cuarenta y ocho horas.
SEGUNDO: Las salidas transitorias del establecimiento pena, tienen como fundamento:
a) Enfermedad grave o muerte del cónyuge, padre e hijos.
b) Nacimiento de hijos.
c) Gestiones personales no delegables o cuya trascendencia aconseja la presencia del penado en el lugar de la gestión.
d) Gestión para la detención de trabajo y de alojamiento ante la proximidad del egreso.
De las consideraciones que preceden y de lo establecido en el Artículo 62 de la Ley de Régimen Penitenciario, es concluyente inferir la procedencia del permiso a que se hace referencia, y así se declara.
II
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en la Ley de Régimen Penitenciario en su Articulo Nº 62,
ACUERDA: Con lugar la solicitud de permiso solicitada para que el penado CRUZ MARIA RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº 11.242.321, sea trasladado hasta la Misión Barrio Adentro A.S.I.C. “León Páez” Centro de Diagnostico Integral (C.D.I.), ubicado frente a la Biblioteca del Estado, de esta ciudad, a realizarse exámenes de laboratorio previos a intervención quirúrgica, el día Lunes 04-05-2009, a las 7:00 a.m., por el lapso de Dos (2) horas. Remítase copia de la decisión al Director del Internado Judicial. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN,
ABG. YULI BALI ARVELO
LA SECRETARIA
ABG, MARIA GABRIELA FERRER
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABG, MARIA GABRIELA FERRER
YBA/MGF/mecb.-
CAUSA N° 1E-773-00