REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

Analizado como ha sido el escrito de fecha 06/04/09 interpuesto por el Abogado GONZALO RAFAEL GONZALEZ KLEM, en su carácter de Representante Judicial de la victima, en la presente causa signada con el Nº 1U-341-06 de la nomenclatura de este Tribunal, en tal sentido este tribunal a los fines de dar oportuna y adecuada respuesta a los planteamientos expuestos en dicho escrito con fundamento en el artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, lo hace previa las siguientes consideraciones:


De la revisión del escrito el tribunal observa en primer término, que mismo contiene solicitud sobre la cual este Tribunal ya se ha pronunciado en otras oportunidades, no obstante se considera dicha solicitud la cual tiene relación con los planteamientos esgrimidos por la vindicta publica en acta de fecha 25/03/09, en ese sentido el tribunal se pronuncia ratificando lo expuesto en auto de fecha 30/03/09, corriente a los folios 2226 al 2230, mediante el cual se acordó:
“No obstante el tribunal estima prudente declarar con lugar la solicitud Fiscal en el sentido de notificar a los acusados la posibilidad de designar Defensor Público que los asista, en caso de no lograr la comparecencia de la Defensa Privada, dejando a salvo el derecho de los mismos de ratificar o no la Defensa Privada, caso en el cual de ser ratificada la Defensa Privada, el tribunal procederá a apercibir a los mismos del contenido de los artículos 102 y 103 del Código Orgánico Procesal Penal. Dado que ya se fijó la fecha de la audiencia oral y publica, el Tribunal considera que lo más prudente es hacer efectiva la presente notificación en dicha fecha por cuanto los acusados referidos por el Fiscal solicitante están debidamente notificados para la misma.”

Queda así resuelto el planteamiento realizado por el Abogado González Klem. Cúmplase. Diarícese. Publíquese

EL JUEZ
ABOG JUAN ANIBAL LUNA INFANTE
LA SECRETARIA
MARIA ALEJANDRA OSTO

Seguidamente se dio cuenta de lo ordenado

LA SECRETARIA
MARIA ALEJANDRA OSTO