REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL, CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y AGRARIO
La Republica Bolivariana De Venezuela
En Su Nombre
Juzgado Superior Civil (Bienes), Contencioso Administrativo Y Agrario De La Circunscripción Judicial De La Región Sur.
San Fernando de Apure, 15 de Abril de 2009
198º y 149º
Vista la diligencia presentada por la abogada MARY GRATEROL PETTI, venezolana mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 120.388, en su condición de apoderada judicial del ciudadano FRANCISCO ANTONIO HERRERA OROPEZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.875.957, en la QUERELLA FUNCIONARIAL ejercida conjuntamente con AMPARO CONSTITUCIONAL, en contra de la SECRETARIA DE RECURSOS HUMANOS DE LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO APURE, mediante la cual expuso: “… por cuanto la experticia complementaria del fallo ordenado por este Tribunal ha quedado definitivamente firme y en virtud de que hasta la presente fecha, el Estado a través de la Procuraduría haya efectuado propuesta de pago, diferente a la expresada en el convenimiento en el que se comprometió al pago de lo adeudado, es por lo que solicitó la ejecución voluntaria...” Ahora bien, y una vez revisadas las actas procesales que conforman la presente causa se pudo constatar que la Secretaría de Recursos Humanos de la Gobernación del Estado Apure, dio parcial cumplimiento a la sentencia dictada en fecha 26 de Septiembre de 2.007, por cuanto el demandante fue reincorporado al cargo que venia desempeñando, no obstante se evidencia que dicho ente no ha dado cumplimiento al pago de los beneficios contractuales dejados de percibir, es por lo que este Juzgado Superior, acuerda en conformidad lo solicitado por la parte según lo establecido en el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica; en consecuencia se acuerda oficiar al Procurador General del Estado Apure, concediéndole un lapso de (60) días siguientes a su notificación, para que de cumplimiento voluntario al convenio de pago ofrecido.-
La Jueza Superior Titular,
Dra. Margarita García Salazar
La Secretaria del Tribunal,
Isabel Fuentes.
Exp. N° 2.609.-
MGS/if/aminta.-