LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO SUPERIOR CIVIL (BIENES), CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE Y MUNICIPIO ARISMENDI DEL ESTADO BARINAS

San Fernando de Apure, 06 de Abril de 2009
198° y 149°

Visto el cómputo practicado por la Secretaria de este Tribunal Superior en esta misma fecha, de donde se desprende que el lapso para que el Municipio Autónomo Biruaca del Estado Apure, ejerciera el recurso ordinario de apelación, venció en fecha 17 de marzo del año en curso, es por lo que este órgano jurisdiccional declara firme la sentencia emitida en fecha 07 de noviembre de 2008, por medio de la cual se declaro:

PRIMERO: CON LUGAR el presente RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD, incoado por el ciudadano HECTOR PROTACIO HIDALGO PEREZ, titular de la cedula de identidad N° 2.229.610, contra el MUNICIPIO BIRUACA DEL ESTADO APURE.-

SEGUNDO: LA NULIDAD el acto administrativo de efectos particulares contenido en la Resolución N° DA-159-006, de fecha 31 de Mayo de 2006, dictada por el Alcalde del MUNICIPIO BIRUACA DEL ESTADO APURE, mediante la cual se declaró Resuelta la venta efectuada a su persona, aprobada en segunda Discusión en fecha 14-08-1997, en sesión ordinaria N° 20, sobre un lote de terreno de siete hectáreas con cinco áreas, ubicado en el Sector Boca de Guerra, comprendido dentro de los linderos siguientes: NORTE: Bajada Caja de Agua en 369 metros; SUR: Caño Curitero en 469 metros; ESTE: Alfredo González, en 206 metros y OESTE: German Lozada y José Ortiz, en 130,70 metros.-

Como consecuencia de lo anteriormente declarado es por lo que este Tribunal Superior igualmente declara EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación ejercido en fecha 19 de marzo de 2009, (folio 242), por el abogado HÉCTOR R. ESPINOZA RAFAEL, titular de la Cédula de Identidad No. V- 14.521.310, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 99.529, en su condición de Sindico Procurador del Municipio Biruaca del Estado Apure, según consta de la Resolución No. DA-025-009, de fecha 02 de marzo de 2009, suscrita por el Prof. Daniel Antonio Blanco, Alcalde del Municipio Autónomo Biruaca del Estado Apure.

La Jueza Superior Titular,

Dra. Margarita García Salazar.

La Secretaria,

Abog. Isabel Valenna Fuentes Olivares.




Exp. No. 2586.
MGS/ivfo/Jenny.-