REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO DE APURE, (01) DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL NUEVE (2.009)
198° y 150°
Visto el contenido del escrito de fecha 17-03-09, suscrito ante este despacho por la ciudadana YURLCY MANRIQUE JAIME, titular de la cedula de identidad N° 16.976.921, en la cual cede de manera Temporal la Custodia del niño (Se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica de la Protección del Niño y del Adolescente), al padre ALEXIS MANELIS BOLÍVAR MACERO, Igualmente compareció el ciudadano ALEXIS MANELIS BOLÍVAR MACERO, titular de la cedula de Identidad N° 13.806.111, y manifestó estar de acuerdo en ejercer la Custodia del niño antes mencionado.- En consecuencia, se HOMOLOGA dicho convenimiento en los Términos Expuestos por las partes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 315 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente. Y Así se decide.- Así mismo en consecuencia al derecho de Convivencia Familiar el Tribunal procede a fijar el mismo en los siguientes términos; La madre YURLCY MANRIQUE JAIME compartirá con su hijo todos los fines de semanas desde el día Viernes a las 2:00 pm hasta el día Domingo a las 6:00 pm, carnaval con la madre, semana santa con el padre, día del padre con el padre, día de la madre con la madre. Vacaciones Escolares, quince (15) días con la madre, en época desembrina desde el las vacaciones escolares hasta el 30 de diciembre con la padre y el 31 de diciembre con la madre al 06 de Enero con la madre. Igualmente se acordó practicar evaluaciones Psicológica y Psiquiatría al niño(Se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica de la Protección del Niño y del Adolescente). Así como también se acuerda oír la opinión del mencionado niño.-Y así se Decide.- Cúmplase.-
La Juez Unipersonal.,
Dra. MARGARITA CASTILLO.-
El Secretario .,
Abg. Freddys Martínez.-
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.-
El Secretario.,
Abg. Freddys Martínez.-
MC/carmen.-
Exp. N° 16.311.-
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