REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN L.O.P.N.A

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
SAN FERNANDO DE APURE (22) DE ABRIL DEL AÑO 2.009
SALA DE JUICIO N° 2

199° y 150°




Vista la revisión efectuada a las presentes actuaciones, el Tribunal acuerda: dejar sin efecto la cuota parte de la Obligación de Manutención correspondiente a favor de la adolescente (Se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de trece (13) años de edad, en virtud que la misma actualmente se encuentra viviendo en concubinato con el ciudadano LUIS ALBERTO ZARCERO, y por lo tanto el concubino le provee todo los beneficios que se derivan de los deberes matrimoniales, según folio 85 inserto en la presente causa. En consecuencia este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de Estado Apure, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela en su Sala de Juicio N° 02, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley: Concede el total de la Obligación de Manutención a favor de la adolescente (Se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de catorce (14) años de edad, la cual cumple el ciudadano FRANKLIN ANOTNIO SOLORZANO MUÑOZ. Cúmplase.-
El Juez Prov.,



Dr. CASTOR JOSE UVIEDO.-
El Secretario,



Dr. RAMON RIVAS LORETO

Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.-

El Secretario,



Dr. RAMON RIVAS LORETO
Exp. N° 12.876 CJU/RARL/miglays.