REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO ACHAGUAS
DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE
ACHAGUAS, TREINTA (30) DE ABRIL DEL DOS MIL NUEVE (2.009)
199º Y 150º
Vista la Solicitud presentada por su firmante, ciudadano ROBIN MARTINEZ MOTA, titular de la Cèdula de Identidad Nº V-14.520.851, así como las declaraciones de sus testigos. Admítase cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden publico, a las buenas costumbres o ha alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artìculo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESIÒN, a favor del ciudadano ROBIN YOVANNY MARTINEZ MOTA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cèdula de Identidad Nº V-14.520.851, domiciliado en el Municipio Achaguas Estado Apure, sobre unas bienhechurias que se determinan en la solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuado por ante este Tribunal, conformadas por una casa de habitación familiar distribuida de la siguiente manera: Tres (3) habitaciones, Dos (2) baños, Una (1) Sala, Una (1) Cocina, Un (1) Comedor; paredes de bloques frisadas y pintadas, techo de platabanda, piso de cerámica, puertas y ventanas de madera con sus respectivos protectores, un pozo séptico, una perforación de aguas blancas de 16 mts. Cuyas bienhechurias se encuentran construidas sobre un lote de terreno de propiedad del Municipio Achaguas Estado Apure, que le fue otorgado en calidad de arrendamiento presentando Constancia de Tramitación de fecha 03-04-09, expedida por la Sindicatura Municipal, en una superficie de DIECISEIS METROS CON TREINTA CENTIMETROS DE FRENTE POR DIECISEIS METROS CON CUARENTA CENTIMOS DE FONDO (16,30 x 16,40), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Casa de Tibisay Adarmes; SUR: Terrenos Ejidos; ESTE: Casa de Carlos Arjorna; OESTE: Casa de Tania Delgado, siendo el valor de las Bienhechurias SETENTA MIL BOLIVARES (Bs. 70.000,ºº), fomentadas a las únicas y propias expensas del ciudadano ROBIN YOVANNY MARTINEZ MOTA. Devuèlvase original de estas resultas al solicitante y dèjese copia certificada de lo actuado, quedando anotado bajo el Nº 09-59, del libro de Solicitudes llevado por este Tribunal en el corriente año 2.009.
El Juez,
Dr. WILMER PEREZ CELIS.-
La Secretaria,
ZENAIDA R. DE VILLAMIZAR.-
En esta misma fecha se ordeno devolver original de estas actuaciones al solicitante, constante de Ocho (8) folios útiles, quedando copia certificada en el Archivo de este Tribunal.-
Zenaida R. de Villamizar.-
Secretaria.-
Solic. Nº 09-59 (Tìtulo Supletorio).-
Zdev.-
|