REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 20 de Abril de 2009.-
198º y 150º
SOBRESEIMIENTO
CAUSA: 2C-9957-07
IMPUTADOS: MUJICA JOEL DE JESUS.-
VICTIMA: MENDOZA MARIA DEL CARMEN.
DELITO: VIOLENCIA FISICA.
PROCEDENCIA: FISCALIA PRIMERA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
Visto que en fecha 13 de noviembre de 2.008, el Fiscal Auxiliar Tercero (E) de la Fiscalia Primera del Ministerio Público, Dr. DIOGENES ALEXANDER TIRADO VILLANUEVA, y la Fiscal Auxiliar Primero del Ministerio Público, Dra. LORENA JOSEFINA FIRERA MORALES, quienes solicitan a este Tribunal Segundo de Control, declare el SOBRESEIMIENTO en la causa N° 2C-9957-07 nomenclatura de este Tribunal y la causa N° 04-f1-1101-07, nomenclatura de la Fiscalía, donde aparece como imputado el ciudadano: MUJICA JOEL DE JESUS, de conformidad a lo previsto en el Artículo 285. Ordinal 4° y 5° de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y el Articula 37, ordinal 15° de la Ley Orgánica Del Ministerio Publico, en relación con lo previsto en el Ordinal 7° del Articulo 108, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, en razón de que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación que permitan determinar quien fue el autor del hecho. Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir observa: De la revisión practicada a las actas se evidencia la comisión de un hecho punible, el cual se inicia la presente averiguación el día; 16 de Noviembre de 2.007, en virtud de procedimiento policial, efectuado por funcionarios adscritos a la Comandancia General de la Policía del Estado Apure, donde dejan constancia de la siguiente policial “siendo aproximadamente las 11:35 horas de la mañana, encontrándose en labores de servicio una ciudadana le manifestó que le había propinado varios golpes en el rostro, el día anterior aproximadamente a las 11:40 horas de la noche, motivado a que se encontraba en estado de ebriedad, dicha ciudadana quedo identificada como MENDOZA CAMEJO MARIA DEL CARMEN, posteriormente se trasladaron conjuntamente con la victima hacia el Samán Llorón en el Callejón Merecure, que se ubica donde funciona Auto Repuestos Laya, donde se encuentra el ciudadano que presuntamente la lesiono, donde al llegar nos entrevistamos con el ciudadano el cual identificamos como: BENAVIDES JOEL DE JESUS el cual fue señalado por la victima como la persona que la agredió posteriormente se le indico al ciudadano que estaba siendo detenido en flagrancia….. ”
Cumplidos los supuestos procesales, para que se haga procedente el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público, representado en este acto por el Fiscal Auxiliar Tercero (E) de la Fiscalia Primera del Ministerio Público, Dr. DIOGENES ALEXANDER TIRADO VILLANUEVA, y la Fiscal Auxiliar Primero del Ministerio Público, Dra. LORENA JOSEFINA FIRERA MORALES, pues verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado la fiscal concluyo lo siguiente;…esta representación fiscal considera luego del estudio prudente y minucioso de todos y cada uno de los elementos de convicción recabados en la presente investigación, es posible inferir que nos encontramos en presencia de la presunción grave de que se consumo uno de los delitos Artículo 45, del Código Penal…” Ahora bien se evidencia; que efectivamente han transcurrido: Un (01) año, Cinco (05) meses y Cuatro (04) días, de la comisión del delito investigado y hasta la presente fecha no se han obtenidos nuevos datos a la investigación, no existiendo razonablemente la posibilidad para incorporar otros elementos de convicción que demuestren la perpetración del ilícito penal objeto del presente proceso por lo que es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL. De sobreseimiento de la causa y así se decide.-
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 2C-9957-07, seguida en contra el imputado: MUJICA JOEL DE JESUS, por la presunta comisión de uno de los delito: VIOLENCIA FISICA, conforme a lo establecido, en el Artículo 42, de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
DR DAVID OSWALDO BOCANEY
LA SECRETARIA,