REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 22 de Abril de 2009.-
198º y 150º
SOBRESEIMIENTO
CAUSA: 2C-9011-07
IMPUTADOS: FRANKLIN OSWALDO GALINDO TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº 10.615.023.-
VICTIMA: AURELIA ZENAIDA BOHORQUEZ.-
DELITO: AMENAZAS Y VIOLENCIA FISICA.-
PROCEDENCIA: FISCALIA SEGUNDA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
Visto que en fecha 01 de Diciembre de 2.008, el Fiscal Segundo del Ministerio Público, Dr. JULIO CESAR CASTILLO BETANCOURT, y la Fiscal Auxiliar Segundo del Ministerio Público, Dra. ISMENIA MARIA MENDEZ SANCHEZ, quienes solicitan a este Tribunal Segundo de Control, declare el SOBRESEIMIENTO en la causa N° 2C-9011-07 nomenclatura de este Tribunal y la causa N° 04-F02-807-06, nomenclatura de la Fiscalía, donde aparece como imputado el ciudadano: MUJICA JOEL DE JESUS, de conformidad a lo previsto en el Artículo 285. Ordinal 4° y 5° de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y el Articula 37, ordinal 15° de la Ley Orgánica Del Ministerio Publico, en relación con lo previsto en el Ordinal 7° del Articulo 108, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, en razón de que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación que permitan determinar quien fue el autor del hecho. Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir observa: De la revisión practicada a las actas se evidencia la comisión de un hecho punible, el cual se inicia la presente averiguación el día; 24 de abril de 2.006, por remisión Interna Nº FS-04-U.A.V. RI 755-06 de la Unidad de Atención a la Victima adscrita a la Fiscalía Superior del Ministerio Público, donde la ciudadana AURELIA ZENAIDA BOHORQUEZ, interpone formal denuncia contra de su esposo, el ciudadano FRANKLIN OSWALDO GALINDO, por hechos contemplados en la derogada Ley sobre Violencia Contra la Mujer y la Familia, ya que el mismo me ha maltratado física y verbalmente.-
Cumplidos los supuestos procesales, para que se haga procedente el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público, representado en este acto por el Fiscal Segundo del Ministerio Público, Dr. JULIO CESAR CASTILLO BETANCOURT, y la Fiscal Auxiliar Segundo del Ministerio Público, Dra. ISMENIA MARIA MENDEZ SANCHEZ, pues verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado la fiscal concluyo lo siguiente;…esta representación fiscal considera luego del estudio prudente y minucioso de todos y cada uno de los elementos de convicción recabados en la presente investigación, es posible inferir que nos encontramos en presencia de la presunción grave de que se consumo uno de los delitos Artículo 16 y 17 de la derogada Ley Sobre Violencia Contra la Mujer y la Familia…” Ahora bien se evidencia; que efectivamente han transcurrido: Dos (02) años, Once (11) meses y Veintidós (22) días, de la comisión del delito investigado y hasta la presente fecha no se han obtenidos nuevos datos a la investigación, no existiendo razonablemente la posibilidad para incorporar otros elementos de convicción que demuestren la perpetración del ilícito penal objeto del presente proceso por lo que es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL. De sobreseimiento de la causa y así se decide.-
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 2C-9011-07, seguida en contra el imputado: FRANKLIN OSWALDO GALINDO, por la presunta comisión de uno de los delito: VIOLENCIA FISICA Y AMENAZAS, conforme a lo establecido, en el Artículo 16 y 17 de la derogada Ley Sobre Violencia Contra la Mujer y la Familia. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
DR DAVID OSWALDO BOCANEY