REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 04 de Agosto de 2.009
199º y 150º
SOBRESEIMIENTO

CAUSA N° 3C-1517- 09
JUEZ : ABOG. JOSE LUIS SANCHEZ
PROCEDENCIA: FISCALIA 1° DEL MINISTERIO PÚBLICO.
VÍCTIMA : ANA MERCEDES SUAREZ VILLANUEVA
SECRETARIO (A): ABG. ZUJENNY FERNANDEZ
IMPUTADO (S): LUIS ALBERTO ROSALES DIAZ
DELITO (S): VIOLENCIA PSICOLOGICA Y VIOLENCIA FISICA

Vista la solicitud de SOBRESEIMIENTO, que conforme a lo establecido en el artículo 318, numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal, presentare la Fiscalía Primera del Ministerio Publico, y recibida en este Tribunal en fecha 26 de Marzo de 2009, en virtud del inicio de las actividades del Tribunal Tercero de Control, conforme a la resolución Nº 01-2009 emanada de la Presidencia del Circuito judicial del Estado Apure; a los fines de decidir observa:
DE LOS HECHOS:
Establece el Ministerio Publico para solicitar el sobreseimiento, que la investigación se inicio en fecha 21 de Julio de 2008, en virtud de denuncia interpuesta por la ciudadana ANA MERCEDES SUAREZ VILLANUEVA, titular de la cédula de identidad N° 11.753.686, residenciada en la urbanización la urbanización La Trinidad, Segunda Etapa, calle Río de Janeiro, de esta ciudad, quien manifestó: “Vengo a denunciar a mi vecino de nombre LUIS ROSALES, por cuanto el mismo me agredió físicamente y verbalmente, por el hecho de que le llamamos la atención de que el agua negra cae frente a mi casa y se empoza allí, por eso le colocamos un muro de concreto para que no corra, entonces vino su esposa y quito el muro. ” Es todo.” (Folio 03).
Al folio 05 cursa auto, mediante el cual ordena el Ministerio Público el inicio de las investigaciones.
Al folio 09, cursa Acta de Imposición de Medidas de Protección y de Seguridad, impuestas al ciudadano LUIS ALBERTO ROSALES DIAZ.
Considera el Ministerio Publico que los hechos que dieron lugar al inicio de la investigación si bien, se encuentran adecuados al tipo penal establecido en el artículo 39 Y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una vida libre de Violencia, como es el delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y VIOLENCIA FÍSICA, estando individualizado el imputado identificado como LUIS ALBERTO ROSALES DIAZ, sin embargo, expone la vindicta publica, que durante la fase investigativa no se recabaron suficientes elementos probatorios para que pueda ejercer fundadamente una acusación penal en contra del imputado, aunado al hecho de que a pesar del tiempo no existe posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, no habiendo bases sólidas y contundentes para solicitar el enjuiciamiento del imputado; y con tal carácter solicita el decreto de SOBRESEIMIENTO.
En éste sentido, de acuerdo a la revisión del asunto, verificó el tribunal que evidentemente a pesar de haberse cometió un hecho punible, perseguible de oficio, no se recabaron suficientes elementos que permitan enjuiciar al imputado, y tomando en consideración el tiempo transcurrido, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos a la investigación que den base para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado, aunado al hecho de que no hay Actas de Entrevistas de Testigos que depongan sobre los hechos, por lo que seria inoficioso seguir con el procedimiento, por cuanto no existen razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos a la investigación, e insistir en mantener un proceso ante el Órgano jurisdiccional seriar retardar una decisión que en definitiva va a ser la misma que deba pronunciarse si se llegase al debate, de conformidad con el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal. Así de decide.
DECISION:
Por las razones que anteceden el Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Control, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a los parámetros de los artículos 318 numeral 4°, del Código Orgánico Procesal Penal, decreta: el Sobreseimiento de la Causa Nº 3C-1517-09 seguida a LUIS ALBERTO RASALES DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.871.816. Notifíquese a las partes. Cúmplase.

EL JUEZ TERCERO DE CONTROL,

ABG. JOSE LUIS SANCHEZ