REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL, CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y AGRARIO

LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR CIVIL (BIENES), CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE Y MUNICIPIO ARISMENDI DEL ESTADO BARINAS.

San Fernando de Apure, 04 de Agosto de 2009.
199º y 150º

Visto que en horas del despacho del día de hoy, se llevó a cabo la audiencia definitiva tal como lo establece el artículo 107 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, y una vez que el Tribunal escucho las intervenciones de las partes involucradas se procedió a dictar el dispositivo del fallo. En consecuencia, este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la presente querella interpuesta por el ciudadano JAIRO JOSÉ ARRIAGA ORASMA, portadora de la cédula de identidad N° 14.811.186, debidamente representado por el abogado por el ciudadano GUSTAVO JULIÁN SILVA PADRÓN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 129.220, en el presente COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, en contra EL MUNICIPIO AUTÓNOMO BIRUACA DEL ESTADO APURE.
La Jueza Superior Titular,

Dra. Margarita García Salazar.


La Secretaria del Tribunal,

Isabel Fuentes.




EXP. N° 3.470.-
MGS/if/doug.-