REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO
DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 14 de Agosto de 2009

199° y 150°

Vista la demanda incoada por el ciudadano JESUS ENRIQUE CALDERON, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 5.359.785, asistido por la Abogada EVELIN ENID MEDINA SANCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 137.404, ambos de este domicilio, mediante la cual solicitó que este Tribunal ordene la RECTIFICACION DEL ACTA DE DEFUNCION, que corre inserta en los Libros de Registro Civil de Defunciones llevados por ante el Registro Civil de la Parroquia San Fernando, Estado Apure, signada con el N°. 330, de fecha 02 de Abril del año 2.009; Désele entrada en el Libro de Causas bajo el N°. 2.009- 4.303 y admítase cuanto ha lugar en derecho.- Los errores denunciados consisten en: PRIMERO: Que al momento de asentar el Acta de Defunción de la Decujus MARIA RUFINA CALDERON NAVAS en el Libro de Registro Civil respectivo, no se incluyó entre los hijos que dejó, a la ciudadana: “LILIANA MARIBEL CALDERON”. SEGUNDO: Que se asentó incorrectamente que falleció el día “02 de Abril de 2.009”, siendo lo correcto, “14 de Abril de 2.009”. Para los efectos probatorios el demandante consignó copias certificadas del Acta de Defunción de la ciudadana MARIA RUFINA CALDERON NAVAS, expedida por ante el Registro Civil de la Parroquia San Fernando, Estado Apure; Acta de Nacimiento de la ciudadana LILIANA MARIBEL CALDERON, expedida por ante el Registro Civil de la Parroquia San Fernando, Estado Apure, Certificado de Defunción EV- 14, signado con el N°. 1268022 y, copias de las Cédulas de Identidad.- Probado como ha sido lo alegado y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un Juicio Ordinario de RECTIFICACION DEL ACTA DE DEFUNCION; este Tribunal de conformidad con los Artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y ordena al ciudadano Registrado de la Parroquia San Fernando, Estado Apure, estampar la correspondiente NOTA MARGINAL en la referida Acta de Defunción de la causante MARIA RUFINA CALDERON NAVAS, en el sentido de que se inserte el nombre de la ciudadana LILIANA MARIBEL CALDERON, titular de la Cédula de Identidad N°. 16.271.641, e igualmente la fecha del fallecimiento de la Decujus, haciéndose aparecer como lo ordena esta Sentencia.- Expídanse por secretaría copias certificadas que fueren menester a la demandante y remítase junto con oficio a las autoridades civiles competentes antes señaladas.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure, a las 02:30 p.m., del día Catorce (14) días del mes de Agosto del año 2009. Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.

La Juez,

Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.
La…
Secretaria Temp.,


Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND.


En esta misma fecha de dio cumplimiento a lo ordenado, y se libraron Oficios N°. 09- 631, conforme a lo ordenado y quedó anotado en el punto N°. , al folio
, del Libro Diario.

La Secretaria Temp.,


Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND.









































EJSM/pmsd/mder.-


Abogada. PETRA M. SILVA DIAMOND, Secretaria Temporal del Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, CERTIFICA: Que la copia fotostática que antecede es fiel y exacta al original de la Sentencia dictada en esta misma fecha cursante en el Expediente N°. 2.009- 4.303 de la nomenclatura de este Juzgado, en el Juicio de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION, instaurada por el ciudadano JESUS ENRIQUE CALDERON.- Doy Fe de la exactitud de la presente copia la cual expido de orden este Tribunal de conformidad con los Artículos 111º y 112º del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1° de la Ley de Sellos. En San Fernando de Apure, a los Catorce (14) días del mes de Agosto del Año Dos Mil Nueve. (2.009).- AÑOS: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.

La Secretaria Temp.,

Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND.





































PMSD/mder.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



Juzgado del Municipio San Fernando
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure

San Fernando de Apure, 14 de Agosto de 2.009

199º y 150º



N°. 09- 631.-

CIUDADANO:
REGISTRADOR DE LA PARROQUIA
SAN FERNANDO DEL ESTADO APURE
SU DESPACHO.-


Anexo al presente remito a Usted, Copia Certificada de la Sentencia dictada por este Tribunal en esta misma fecha, en el Juicio de RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION, instaurado por el ciudadano JESUS ENRIQUE CALDERON, a los fines de que se estampe la NOTA MARGINAL en el Acta de Defunción signada con el N°. 330, de fecha 02 de Abril del año 2.009, de la causante MARIA RUFINA CALDERON NAVAS, en el sentido de que se inserte el nombre de la ciudadana LILIANA MARIBEL CALDERON, titular de la Cédula de Identidad N°. 16.271.641, e igualmente corrija la fecha del fallecimiento de la Decujus, haciéndose aparecer como lo ordena la Sentencia.-

Remisión que hago llegar a usted, para su debido conocimiento y demás fines legales pertinentes.

DIOS y FEDERACION,


Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ
- Juez -




EJSM/pmsd/mder.-
ANEXO: Lo Indicado.-
EXP. N°. 2.009- 4.303.-


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



Juzgado del Municipio San Fernando
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure


San Fernando de Apure, 03 de Agosto de 2.009

199º y 150º



N°. 09- 589.-

CIUDADANO:
REGISTRADOR PRINCIPAL DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO
DEL ESTADO APURE
SU DESPACHO.-


Anexo al presente remito a Usted, Copia Certificada de la Sentencia dictada por este Tribunal en esta misma fecha, en el Juicio de RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO, instaurado por la ciudadana YSABEL CECILIA COLMENARES DE HIDALGO, a los fines de que se estampe la NOTA MARGINAL en el Acta N°. 22, de fecha 03 de Enero de 1.978, inscrita en los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por esa Oficina durante el mencionado año.-

Remisión que hago llegar a usted, para su debido conocimiento y demás fines legales pertinentes.

DIOS y FEDERACION,


Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ
- Juez -




EJSM/pmsd/mder.-
ANEXO: Lo Indicado.-
EXP. N°. 2.009- 4.317.-