Comisión N° 9-2306.
En el día de hoy, cinco (05) de Agosto del año dos mil nueve (2.009), siendo las 9:30 a.m., conforme a lo acordado en el auto anterior, se trasladó y constituyó el JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, en el inmueble ubicado en el Barrio Obrero, casa S/N, de esta ciudad de San Fernando, Estado Apure, con la finalidad de dar cumplimiento a la Comisión conferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, librada en el Juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, seguido por NAIRAN MARIA AGUILAR FLORES, contra JUANA TEODULA MAQUENCI, para practicar la Ejecución Forzosa de la Sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en fecha 25 de octubre del año 2006, y confirmada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Transito y Protección del Niño y el Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. Se notifica de la misión del Tribunal previa lectura del Despacho de Comisión a la Ciudadana ATAMAICA DEL VALLE SALINAS MAQUENCI y LIAGIVIR ESTELAMAR D JESUS MAQUENCI DE BORJAS, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nros 13.806.161 y 10.622.189, respectivamente, quienes manifestaron ser hijas de la Ejecutada ciudadana JUANA TEODULA MAQUENCI, informando a este Juzgado que la misma se encuentra en la ciudad de Barinas, Estado Barinas por asuntos familiares. Se encuentra una comisión policial, integrada por seis (06) funcionarios, así como las ciudadanas LILIANA IBAÑEZ y CHARLENNE CASTILLO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nros 15.512.580 y 16.977.879, respectivamente, en su carácter de Consejeras de Protección del Consejo Municipal de Derechos del Niño y Adolescente del Municipio San Fernando, Estado Apure. El Tribunal deja constancia que no se encuentra presente ningún funcionario del Destacamento Nº 68 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela del Estado Apure, ni de la Defensoria del Pueblo de esta Circunscripción Judicial, no obstante de haber sido requerida su presencia, mediante los oficios Nros 09-649 y 09-651, respectivamente de fecha 15-07-2009 ambas. Presente la ciudadana NAIRAN MARIA AGUILAR FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 9.869.211, en su condición de parte actora, asistida por el Abogado en ejercicio LUIS EDUARDO LIMA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 13.639.356, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 94.162, quien solicita el derecho de palabra y concedidole como le fue, expuso: Solicito a este Honorable Tribunal, visto el mandamiento de Ejecución emitido por el Tribunal de la Causa, donde ordena que se me haga Entrega Material del inmueble constituido por una casa de habitación construida sobre un lote de terreno propiedad del Municipio San Fernando del Estado Apure, constante de seiscientos veintiún metros cuadrados (621 Mts2), ubicado en el Barrio Obrero, de esta ciudad de San Fernando, Estado Apure, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Calle “D”, SUR: Casa de Yolanda Herrera: ESTE: Casa de Horacio Bolivar y OESTE: Casa de Petra Espinoza, se me haga la entrega Material del mismo, es todo. El Tribunal vista la solicitud anterior hecha por la parte actora asistida de Abogado, insta a las notificadas a que voluntariamente hagan entrega del inmueble antes descrito totalmente desocupado tanto de personas como de bienes muebles a la parte actora, asistida de Abogado. Acto seguido las notificadas manifiestan que van hacer entrega voluntariamente del inmueble antes descrito totalmente desocupados tanto de personas como de bienes muebles. Siendo la 1:30 p.m, Este Tribunal procede a designar como Secretario Accidental, al ciudadano CHRISTTIAN MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 12.903.449, por cuanto la Secretaria titular, Abogada MARIA ARANGUREN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 13.560.200, se encuentra de permiso para amamantar a su hija, el cual esta debidamente aprobado por la Dirección Administrativa Regional del Estado Apure, quien estando presente acepta el cargo y jura cumplir bien y fielmente con sus deberes y derechos inherentes al mismo. Seguidamente el Tribunal vista la solicitud hecha por la parte actora y su Abogado asistente Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, Pone en posesión del Inmueble anteriormente descrito a la ciudadana: NAIRAN MARIA AGUILAR FLORES, antes identificada acompañada de abogado asistente totalmente desocupada de personas y bienes muebles acto seguido por la parte actora solicita el derecho de palabra y concedidole como le fue, expuso: recibo en este acto conforme el Inmueble que se me entrega y me pone en posesión el Tribunal. Concluida la misión del Tribunal se da por terminado el acto ordenando el regreso a su sede Natural siendo las seis (6) p.m. Habilitándose todo el tiempo necesario a la materialización de la Entrega del Inmueble objeto de la Presente Entrega de Material de Inmueble, es todo termino se leyó y conforme firman.-
La Jueza Temporal.
Dra. AURI TORRES LÁREZ.
La Parte Actora y su Abogado Asistente
Naira M. Aguilar F. Dr. Luis Lima.
El Jefe de la Comisión Policial.
Agente. Egduar Olivares . C.I= 18.328.834
Las Notificadas;
Atamaica del Valle Salinas M. Liagivir Estelamar D` Jesús Maquenci
Representantes del Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Municipio San Fernando.
Liliana Ibáñez y Charlenne Castillo
El Alguacil Titular.
MIGUEL ÁNGEL BRAVO. A
Secretario Accidental
Christtian Marquez
Comisión Nº 9-2306.
Af.-
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