REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
CORTE DE APELACIONES

San Fernando de Apure, 14 de Diciembre de 2009.
199° Y 150°


CAUSA Nº 1Aa 1804-09

Vista el acta de inhibición de fecha 07-12-2009, planteada por la Abg. Ana Sofía Solórzano, en su condición de Jueza Superior de la Corte de Apelaciones, evidenciándose de la mencionada acta la pretensión de la inhibida en apartarse del conocimiento de la causa amparada en la disposición contenida en el ordinal 1º del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal; en consecuencia se ACUERDA Admitir el acto inhibitorio de conformidad a lo establecido en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal.




EDGAR J VÉLIZ F.
JUEZ PRESIDENTE
(PONENTE)
MONICA CALDERON
SECRETARIA


Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado


MONICA CALDERON
SECRETARIA



CAUSA 1Aa 1804-09
ATL/snm