REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 23 de Noviembre de 2009
199º y 150º
SOBRESEIMIENTO
CAUSA: 1C-12.846-09
IMPUTADO: HURTADO RAMOS JOSE FELIX
VICTIMA: FRIMAR HURTADO (NIÑA)
DELITO: CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES
PROCEDENCIA: FISCALIA OCTAVA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
Vista la solicitud interpuesta por ante este Tribunal por la Fiscalia Octava del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual como acto conclusivo de investigación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318, ordinal 1º Código Orgánico Procesal Penal ya que el hecho objeto del proceso no se realizo o no puede atribuírsele al imputado, solicito se decrete el Sobreseimiento de la causa N° (04-F08-0-0091-09), este Tribunal, para decidir previamente observa: De la revisión practicada a las actas se evidencia la comisión de un hecho punible denunciado existe la posibilidad jurídico procesal de invocar la demostración del cuerpo del delito averiguado, no obstante, cuya averiguación se inicia el día 09-02-2009, en virtud de la denuncia formulada por la ciudadana MERCEDES ZORAIDA OSEDA, donde aparece como imputado HURTADO RAMOS JOSE FELIX, de la presunta comisión del delito investigado en razón de que el hecho no es típico y no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación que demuestren la perpetración del ilícito penal objeto del presente proceso por lo que es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL.
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO, de la causa signada con el N° 1C-12.846-09, en la cual el imputado es HURTADO RAMOS JESE FELIX, precalificado por el Fiscal del Ministerio Publico, conforme a lo establecido en el Artículo 318 Numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. SERVIO TULIO HERNANDEZ
LA SECRETARIA,
ABG. MARIA MERCEDEZ ANZOLA
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,
ABG. MARIA MERCEDEZ ANZOLA
Causa Nro. 1C-12.846-09
STH/FC/anaK-