REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN L.O.P.N.A
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SALA DE JUICIO No. 02, SAN FERNANDO, 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE (2.009)
SALA DE JUICIO Nº 02.-
199° y 150°
Vista la diligencia de fecha 07-12-09, suscrita por la Abg. CARMEN LUISA BARRIOS CASTILLOS, en su carácter de Fiscal Sexta del Ministerio, y por cuanto se observa que existe sentencia definitivamente firme en el juicio de INQUISICION DE RECONOCIMIENTO, dictada por este Tribunal en fecha 12-11-2009, a favor del adolescente se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, se ordena su ejecución y en consecuencia, se acuerda oficiar ala Registradora Civil del Municipio San Fernando, Estado Apure, con la finalidad de que Estampe la Nota Marginal en la Partida de Nacimiento Nº 1.229, de fecha 13-05-1.192, de conformidad con lo establecido en el artículo 492 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el Artículo 523 del Código de Procedimiento Civil . Cúmplase. Librase lo conducente.-
El Juez Prov.,
Dr. CASTOR JOSE UVIEDO.
El Secretario
Abg. RAMON RIVAS LORETO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-
El Secretario
Abg. RAMON RIVAS LORETO
Exp. N° 17.602/CJU/RRL/lesvie.-