REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO DE APURE, OCHO (08) DE DICIEMBRE DEL AÑO
DOS MIL NUEVE (2.009).-
199° y 150°
Vistas y analizadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente N° 10.362, y por cuanto de la revisión de las mismas se evidencia que la presente causa se admitió como Jurisdicción voluntaria, siendo el presente caso un procedimiento Contencioso en asunto de familia, establecido en el artículo 177, parágrafo primero, literal e, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 452 Ejusdem, en consecuencia, esta SALA DE JUICIO N° 1 DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN AL NIÑO Y AL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA LA REPOSICIÓN DE LA PRESENTE CAUSA al estado de admitir nuevamente de conformidad con las previsiones legales establecidas en el artículo 177, parágrafo primero, literal e, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 452 Ejusdem; se dejan a salvo todas las actuaciones realizadas en el presente juicio de conformidad con lo previsto en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 207, 211 y 212 ibídem.
Notifíquese a la Fiscal Sexta del Ministerio Público.-
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Juicio N° 1 del Tribunal de Protección del Niño y al Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en San Fernando de Apure, a los ocho (08) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Nueve (2.009).- Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación.-
Regístrese la presente Decisión.- Cúmplase.-
La Juez Unipersonal Nº 1.,
Dra. MARGARITA CASTILLO
El Secretario.,
Abg. FREDDYS ADRIAN MARTINEZ.-
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-
El Secretario.,
Abg. FREDDYS ADRIAN MARTINEZ.-
MC/José.-
Exp. Nº 8.257 - 10.362
|