REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



Juzgado del Municipio San Fernando
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure

San Fernando de Apure, 15 de Diciembre de 2009.

199° y 150°

EXPEDIENTE N°: 2009- 4.262

DEMANDANTE: PEDRO VICENTE PEREZ, actuando
en defensa de sus derechos e intereses

DEMANDADO: JUAN BAUTISTA FRANCO C.

JUICIO: EJECUCION DE HIPOTECA.

FECHA: 10-06-09


Por recibida y vista la diligencia que antecede, estampada por la parte demandante Abogado PEDRO VICENTE PEREZ, actuando en defensa de sus derechos e intereses, mediante la cual desiste de la causa y del procedimiento; désele entrada y admítase cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, de conformidad con las disposiciones del Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, se da por terminado el presente Juicio, dándosele el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y se ordena dejar sin efecto la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Tribunal en fecha 10-06-2009; sobre el inmueble descrito en los autos; ofíciese al Registrador Subalterno, y archívese el expediente respectivo. Líbrese oficio.
La Juez,

Abog. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.
La Secretaria,

Abog. LUZ MARINA SILVA PEREZ.
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado y se libró
Oficio N° 959.
La Secretaria,

Abog. LUZ MARINA SILVA PEREZ.

En esta misma fecha y hora se Publicó y Registró la Sentencia, y quedó anotada al punto N°
Folio , del Libro Diario.

La secretaria,


Abog. LUZ MARINA SILVA PEREZ.






Db.


















































REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



Juzgado del Municipio San Fernando
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
San Fernando de Apure, 20 de Febrero de 2.008

197º y 148º


N° 78
CIUDADANO
DIRECTOR DE PERSONAL DE LA
ZONA EDUCATIVA REGIONAL APURE
CIUDAD.

Hago de su conocimiento, que por auto dictado en esta misma fecha; se ordenó dejar sin efecto la Medida preventiva de Embargo decretada por este Tribunal en fecha 02-11-2007, y ejecutada por ante el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de esta Circunscripción Judicial, en fecha 28-01-2008, sobre la tercera parte del sueldo que devenga la ciudadana MAYRA DIAZ, quien se desempeña como Directora de la Escuela de Educación Básica Josefa Solórzano, ubicada en los Arrieros Municipio San Fernando Estado Apure; en virtud de que la parte actora, Abogada LUISA ELENA OVIEDO, en su carácter de Endosataria por Procuración del ciudadano JOSE DAVID CALDERON GIL, desistió de la demanda por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION seguido contra la mencionada ciudadana.

Dios y Federación,


Abog. EUMELY J. SANCHEZ MAERTINEZ.
Juez


EJSM/db
20/02/08
EXP. N° 7-4.121














db