REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO, 16 DE ENERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE (2.009).-


198° y 149°



Visto el pedimento anterior y definitivamente como a quedado la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha 14-10-08, se ordena su ejecución de conformidad con lo establecido en el Articulo 492 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño Y del Adolescente en concordancia con lo pautado en el Articulo 523 y siguientes del Código De Procedimiento Civil Venezolano.- En consecuencia, se acuerda expedir copia certificada de la Decisión y junto con oficio remítase a las autoridades civiles correspondientes, a los fines de que estampe la nota marginal en las partidas de nacimientos Nos 08, y 09, de Fecha 18-02-08, respectivamente, mediante auto se Declaró definitivamente firme la Sentencia de Inquisición de Paternidad a favor de los Hnos. (Se omite de conformidad con lo establecido en el artìculo 65 de la Ley Orgànica Para la Protecciòn del Niño, Niña y del Adolescente), dictada por este Tribunal en fecha 14-10-08, quién a partir de esta fecha llevará en primer lugar el apellido de su padre y segundo lugar el de la madre quedando con los apellidos (Se omite de conformidad con lo establecido en el artìculo 65 de la Ley Orgànica Para la Protecciòn del Niño, Niña y del Adolescente), respectivamente, se ordena su ejecución y en consecuencia, se acuerda oficiar al Registro Civil de la Parroquia San Rafael de Atamaica, Municipio San Fernando, Estado Apure, y al Registro Principal de este Estado, con la finalidad Estampar la Nota Marginal de Reconocimiento Judicial en las partidas de nacimientos Nos 08, y 09, de Fecha 18-02-08, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 235 del Código Civil Vigente.- Cúmplase. Líbrese lo conducente.-

Juez Unipersonal


Dra. MARGARITA CASTILLO


El Secretario Temp.,


Dr. FREDDYS MARTINEZ

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-
El Secretario Temp.,


Dr. FREDDYS MARTINEZ


Exp. N° 16.873
MC/FM/Celenne