REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE SAN
FERNANDO DE APURE, (27) DE ENERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE (2.009).-

198º y 149º

Vista la anterior solicitud de Autorización Judicial para Cobro de Beneficios Sociales, formulada ante este Tribunal en fecha 30-10-08, por la ciudadana: CARMEN DE JESUS SERRANO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-6.936.258, en su condición de madre y representante Legal del niño: SE OMITE LA IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNA de Once (11) de edad, Venezolano, debidamente asistido por el Abg. JESUS HERNANDEZ, Defensor Público Segundo del Sistema de Protección, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.107, exponiendo:
En fecha 31/05/08, falleció Ab-Intestato en las Instalaciones del Taller de refrigeración Jokasta, ubicado en el Paseo Libertador de esta ciudad de San Fernando del Estado Apure, el Ciudadano: JOSE DE JESUS CARDOZA PARRA, quién era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.196.943, dejando como sus Únicos y Universales Herederos a los niños SE OMITE LA IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNA. En virtud de lo anteriormente expuesto es por lo que ocurro ante su competente autoridad a fin de solicitar como en efecto lo hago, AUTORIZACIÓN JUDICIAL, a los fines de tramitar, reclamar y cobrar a favor de mi menor hijo: SE OMITE LA IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNA, todos los Beneficios Sociales causados por el De-cujus JOSE DE JESUS CARDOZA PARRA, así como también todos los demás derechos y acciones que le puedan corresponder.
En fecha 04-11-08, se admitió la presente solicitud acordándose Notificar al Fiscal Sexto, oír la opinión de los Niños que nos ocupa, Oír opinión de la Fiscal.
En fecha 11-11-08, se notifico al Fiscal Sexto del Ministerio Público lográndose de manera positiva
En fecha 19-01-09, se le oyó opinión al Niño: SE OMITE LA IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNA en la presente solicitud.
En fecha 21-01-09, se le oyó opinión al Niño: SE OMITE LA IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNA en la presente solicitud.-
Admitida y Analizada la presente solicitud, y por cuanto la misma es beneficiosa al interés de los Niños SE OMITE LA IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNA este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en su Sala de Juicio N° 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la ley, autoriza amplia y suficientemente a la Ciudadana: CARMEN DE JESUS SERRANO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-6.936.258, en su condición de madre y representante del niño SE OMITE LA IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNA, para que gestione por ante los organismos competentes el cobro de todos los Beneficios Sociales que puedan corresponder a los referidos niños con motivo del fallecimiento del De-cujus JOSE DE JESUS CARDOZA PARRA, quién era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.196.943, Igualmente se solicita que el dinero que corresponde a los niños, sea depositado en una cuenta de ahorros administrada por este Tribunal para la supervisión de su administración por ser bienes de niños.- Y así se decide.- Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código Civil Vigente.-. Cúmplase.-
Regístrese, publíquese y déjese copia de la presente Decisión.- Extiéndase a las partes que las soliciten, copias certificadas del presente fallo.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure con sede en San Fernando, a los (27) días del mes de Enero del 2009.- Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.-
El Juez Prov.,

Dr. CASTOR JOSE UVIEDO.
La Secretaria Temp,

Abg. ALBA COLINA
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado en autos.-
La Secretaria Temp,

Abg. ALBA COLINA
Exp. N° 1178.-
CJU/ATC/Rosa M.-