REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD


San Fernando de Apure, 12 de Febrero de 2009.-

Visto la solicitud que antecede, presentada por la penada: CINDY KATRINA, titular de la cedula de identidad Nº 20.720.177, asistido en este acto por el consultor Jurídico del Internado Judicial de esta ciudad, actualmente cumple condena en el Internado Judicial de esta ciudad de San Fernando de Apure, en la cual plantea que requiere un permiso para trasladarse hasta la Entidad Bancaria Banesco de esta ciudad de San Fernando de Apure, con la finalidad de cobrar Beca de la Misión Rivas, de la cual es beneficiaria.
I
Revisada la solicitud, el Tribunal Observa:
PRIMERO: Que en los supuestos taxativamente consagrados en el Articulo 62 de la Ley de Régimen Penitenciario, solo están previstas las salidas transitorias hasta por cuarenta y ocho horas.

SEGUNDO: Las salidas transitorias del establecimiento pena, tienen como fundamento:
a) Enfermedad grave o muerte del cónyuge, padre e hijos.
b) Nacimiento de hijos.
c) Gestiones personales no delegables o cuya trascendencia aconseja la presencia del penado en el lugar de la gestión.
d) Gestión para la detención de trabajo y de alojamiento ante la proximidad del egreso.

De las consideraciones que preceden y de lo establecido en el Artículo 62 de la Ley de Régimen Penitenciario, es concluyente inferir la procedencia del permiso a que se hace referencia, y así se declara.

II
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Fundamento en la Ley de Régimen Penitenciario en su Articulo Nº 62, ACUERDA la solicitud de permiso planteada por la Penada: CINDY KATRINA PEREZ, titular de la cedula de identidad Nº 20.720.177, para trasladarse hasta la Entidad Bancaria Banesco de esta ciudad de San Fernando de Apure, con la finalidad de cobrar Beca de la Misión Rivas, de la cual es beneficiario, debe ausentarse de su sitio de reclusión el día Martes (17-02-2009), en horas de la tarde debiendo ingresar ese mismo día Martes (17-02-2009). Remítase copia de la decisión al Director del Internado Judicial. Notifíquese a las partes. Cúmplase.

JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN,

ABG. JUAN ANIBAL LUNA
EL SECRETARIO
ABG, YUNNIS MENDEZ

Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.

EL SECRETARIO
AB. YUNNIS MENDEZ










CAUSA N° 1E-1488-08
JAL/ymm.-.-