REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.-

San Fernando de Apure, 10 de Febrero de 2009.-
198° y 149°


Vista el acta realizada en fecha 29 de Enero de 2009, mediante la cual se trazó la línea divisoria del inmueble “el Nuevo Jobito”, y no existiendo oposición al lindero provisional, de conformidad con el articulo 724 del Código de Procedimiento Civil, se declara definitivamente firme el lindero identificado en la mencionada acta de la fecha antes señalada.

La Jueza,

Dra. ANAID C. HERNANDEZ.

El Secretario Temp.


Abg. FRANCISCO J. REYES P.






ACHZ/ frrp.