REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
San Fernando de Apure, 27 de febrero de 2009
198° y 150°
Vista la diligencia anterior de fecha 26 de los corrientes, suscrita por la ciudadana Bethsabee Alejandra Del Carmen Luzon Taka, parte demandada en la presente causa, asistida por el Abogado Pedro Omar Solorzano Reyes, mediante la cual conviene expresamente en la demanda en su contra instaurada por la ciudadana María Isabel Taka Lima, fundamentándolo en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y reconociendo la relación concubinaria que mantuvo la demandante con el ciudadano Hugo Tito Luzon Rodríguez; y por cuanto versa sobre derechos disponibles este Tribunal le imparte su Homologación, dándole el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil.
Se declara concluido el presente juicio.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, a los veintisiete (27) días del mes de febrero de 2009.
La Jueza,
Abg. Anaíd Hernández Zavala El Secretario Temp.,
Abg. Francisco Reyes Piñate
En esta misma fecha, se publicó y registró la anterior decisión.
El Secretario Temp.,
AHZ/FRP/Mílvida.
Exp. Nº 15.575
Abg. Francisco Reyes Piñate
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